REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veinticinco de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000261
PARTE NARRATIVA
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE BOLÍVARES, presentada por el ciudadano VICTOR JOSÉ CHIRINOS LUGO, titular de la cédula de identidad Nº 10.614.403, en beneficio de su hijo (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA), debidamente asistido por la abogada NAISBEL CAROLINA MEDINA ARRAEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 90.312.

PARTE MOTIVA
Refiere el escrito libelar presentado ante este Tribunal, que el niño: (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA), es hijo de los ciudadanos VICTOR JOSÉ CHIRINOS LUGO y EVELINDA COROMOTO TESTA DE CHIRINOS, fallecida en fecha 30 de agosto del año 2007, como evidencia el Acta de Defunción, para la fecha del fallecimiento de la madre del niño antes mencionado, ciudadana: EVELINDA COROMOTO TESTA DE CHIRINOS, se desempeñaba como docente adscrita a la Secretaría de Educación, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, para que el padre del niño ya mencionado, ciudadano VICTOR JOSÉ CHIRINOS LUGO, tramite el cobro de prestaciones sociales y demás beneficios e indemnizaciones contempladas en la Ley Orgánica del Trabajo, ante el referido Ministerio, y demás entidades e Instituciones Competentes, y derechos que pudieran existir por cantidades en dinero que estuvieran depositada en cualquier Entidad Financiera a nombre de la causante antes identificada y cualquier otro beneficio, ya que va en beneficio del niño (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA).

PARTE DISPOSITIVA
Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley. Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente al ciudadano: VICTOR JOSÉ CHIRINOS LUGO, titular de la cédula de identidad Nº 10.614.403,, padre del niño: (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA), para que en nombre de éste, proceda a tramitar el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de prestaciones sociales, así como demás beneficios e indemnizaciones contempladas en la Ley Orgánica del Trabajo, ante el referido Ministerio, y demás entidades e Instituciones Competentes, y derechos que pudieran existir por cantidades en dinero que estuvieran depositada en cualquier Entidad Financiera y les corresponda por el fallecimiento de su madre la ciudadana: EVELINDA COROMOTO TESTA DE CHIRINOS, cédula de identidad Nº 11.479.301. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte del niño, deberá ser remitida al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de las mismas.
Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta AUTORIZACIÓN y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el despacho del Juez Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012).

DR. FREDDY MEDINA CHACÓN
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN




EL SECRETARIO;
ABG. FREDDYS M. ROMERO H.


En esta misma fecha, siendo la 09:42 a.m. se dictó y se publicó la presente sentencia. Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.-




EL SECRETARIO;
ABG. FREDDYS M. ROMERO H.