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Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Juez  del Tribunal Octavo de Primera Instancia
 de Mediación, Sustanciación,
 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 
 Caracas, 14 de mayo de 2012
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2012- 007598
 SOLICITANTES: FRANKLIN JAVIER COLOMBO LOBO y RAQUEL HERNANDEZ GUTIERREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.893.696 y V-11.093.967, respectivamente.
 ABOGADO: CARMELO SIRACUSANO CATANESE, Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 76.150
 MOTIVO: Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto de DIVORCIO -185-A, presentada por los ciudadanos FRANKLIN JAVIER COLOMBO LOBO y RAQUEL HERNANDEZ GUTIERREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.893.696 y V-11.093.967, respectivamente, este Tribunal, observa del acta de fecha 14/05/2012 (f. 14), que las partes no comparecieron a la Audiencia Única de conformidad con lo establecido en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; razón por la cual esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte a la solicitante, que no podrá intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
 LA JUEZ
 
 
 Abg.LISBETH KARINA MARIN SIMOZA.
 EL SECRETARIO,
 
 
 
 ABG. LUIS MORALES
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 LKMS/LM/HERIBERTO MEDINA.
 
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