REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 
Juez del Tribunal 15to
 
Caracas, 09 de mayo de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: AP51-J-2012-007568
 
 
SOLICITANTE: YUSMARI JOSEFINA INOJOSA GONZALEZ, venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad  N°  V- 13.466.965.
 
ADOLESCENTE: (SE OMITE SU IDENTIDAD), de doce (12) años de edad.-
 
ABOGADA: LORENZA PEREZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Octava (18°).
 
MOTIVO: CARGA FAMILIAR. 
 
 
	Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana YUSMARI JOSEFINA INOJOSA GONZALEZ, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de su hijo (SE OMITE SU IDENTIDAD), de doce (12) años de edad, asistida por  la abogada LORENZA PEREZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Octava (18°, por la cual solicitó que su hijo, sea declarado carga familiar del ciudadano CESAR ALFREDO ESTRADA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad  N°  V- 12.686.210. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,  cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara  PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara al adolescente (SE OMITE SU IDENTIDAD), de doce (12) años de edad, carga familiar del ciudadano CESAR ALFREDO ESTRADA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad  N°  V- 12.686.210. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
 
	Publíquese y Regístrese
 
 	Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
 
LA JUEZ
 
 
DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
 
 
				               LA SECRETARIA
 
 
				        ABG. LUISA OLIVEROS
 
AP51-J-2012-007568
 
Lcd/lo/marianna
 
 
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