REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, quince de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-J-2012-001370
Solicitante: FELIX EDUARDO MENDOZA GUEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.163.470, domiciliado en la Urbanización Tierra del Sol, IV Etapa Nº A-09 del municipio Palavecino del estado Lara.
Asistido por: Abg. GABRIEL ARMANDO MARTINEZ, Inscrito en el impreabogado Nº 104.235.-.
Beneficiarios: GENESIS KARLET GUERRERO (mayor de edad) y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, de 09 años de edad.
Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
En fecha 08 de marzo de 2012, el ciudadano FELIX EDUARDO MENDOZA GUEDES, actuando en representación de su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE y de la ciudadana GENESIS KARLET GUERRERO (mayor de edad), ya identificados, solicitó se le declare único y universal heredero de la de Cujus LISBETH LEONOR GUERRERO RODRIGUEZ, quien era su madre, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº 10.952.048, quien falleció el día 25 de febrero de 2012, según se evidencia del acta de defunción expedida por la Registradora Civil de La Parroquia Santa Rosa del municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nº 57 del Libro de Registro Civil de Defunciones del año 2012. Acompañó su solicitud con copia certificada de las partidas de nacimiento del niño y de la ciudadana GENESIS KARLET GUERRERO, hija de la de cujus LISBETH LEONOR GUERRERO RODRIGUEZ, y copia certificada del acta de defunción.
Admitida a sustanciación la solicitud en fecha 13 de marzo de 2012, se ordenó oír las declaraciones de los testigos que presente el solicitante, publicar un edicto por la prensa de conformidad con lo previsto en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
En fecha 27 de marzo de 2012, el solicitante, ya identificado, consigno copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana GENESIS KARLET GUERRERO, ya identificada.-
En fecha 20 de abril de 2012, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos CINDI LORENA RODRIGUEZ BLANCO y DILICIA MARBELLA ESCALONA TORREALBA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-7.399.302 y V-7.368.595, respectivamente, quienes fueron contestes en afirmar los hechos narrados en la solicitud.
En fecha 24 de abril de 2012, el apoderado Judicial GABRIEL A. MARTINEZ, consigno edicto debidamente publicado en el Diario el Informador.
Este Tribunal observa para decidir:
UNICO:
Con vista de los documentos que constan en autos, como son el acta de defunción de la de cujus, ciudadana LISBETH LEONOR GUERRERO RODRIGUEZ, ya identificada, copia certificada del acta de defunción y copia certificada de la partida de nacimiento de los beneficiarios en autos, los cuales se aprecian en todo su valor probatorio, conforme a los artículos 1359 y 1360 del Código Civil y tomando en consideración la declaración de los ciudadanos CINDI LORENA RODRIGUEZ BLANCO y DILICIA MARBELLA ESCALONA TORREALBA, ya identificado, quienes fueron contestes en afirmar como ciertos los hechos narrados en la solicitud, se aprecian éstos como idóneos conforme el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia concordados los elementos probatorios analizados, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 517 y 177 Parágrafo Segundo, literales “K” y “L” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes así como en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a la ciudadana GENESIS KARLET GUERRERO, (mayor de edad), y al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida respondía al nombre de LISBETH LEONOR GUERRERO RODRIGUEZ, ya identificada, .
Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario.
Dada, firmada y sellada en el Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara – Barquisimeto, 15 de Mayo de 2012. Año 202° y 153°.-
La Juez Temporal Segunda de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación,
Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS
La Secretaria,
ABOG. MERLY CAMACARO
Seguidamente se publicó y registró bajo el Nº 1242-2012 siendo las 11:45 a.m
La Secretaria,
ABOG. MERLY CAMACARO
OMO/MC/ reina.-
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