REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 15 de mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO: JE1-0738(TP2-1393-04)-10
SOLICITANTE: IRIS DOLORES PICO DE VARGAS
MOTIVO: DISPOSICIÓN DE BIENES

Vista la diligencia estampada por la ciudadana YSABEL CAROLINA VARGAS PICO, titular de la cédula de identidad Nº 23.581.100, asistida del abogado en ejercicio JUAN VÁSQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 13.897, en el cual solicita autorización para retirar de la cuenta de ahorros Nº 0175-0081-32-0010005043 de Bicentenario. Banco Universal la cantidad total que posee la mencionada cuenta de ahorros y la cancelación de la misma, en virtud de haber alcanzado la mayoría de edad, así como el cierre de la causa, y dada cuenta a la Jueza de la misma, se acuerda autorizarla al retiro total de la suma existente en la referida cuenta de ahorros, y en vista que ya no habrán más actuaciones que realizar en la presente causa se ordena en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el cierre de la causa y el archivo de el asunto. Cúmplase. (Fdo) La Juez Abg. María Eugenia Graziani. La Secretaria (fdo) Abogada Hayarit Rodríguez. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los quince (15) días del mes de mayo del año Dos Mil Doce Diez (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.


La Secretaria


Abg. HAYARIT RODRÍGUEZ





MEGL/ALICIA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CIERRE DE CAUSA