REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 30 de Mayo de 2012
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-005200
“NEGATIVA DE SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR”
Revisadas las actas de presente asunto quien suscribe se aboca al conocimiento de la presente causa, y procede este Juzgado de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada por LA DEFENSA PUBLICA del acusado JHONATHAN JOSE PIÑA ANGULO titular de la cédula de identidad Nº V- (...), en la cual solicita que a su defendido se le imponga una Medida Cautelar Sustitutiva de la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Motivación para decidir
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que desde la imposición de la medida de coerción personal en la audiencia de presentación que se celebrara en fecha 05/11/2011, ratificada la misma en la audiencia preliminar celebrada en el mes de febrero del presente año, considera esta juzgadora que no han variado las circunstancias que justifiquen un cambio de medida de la privativa de libertad, motivo por el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del ciudadano JHONATHAN JOSE PIÑA ANGULO titular de la cédula de identidad Nº V- (...). Así se decide.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del ciudadano YONDER ELIAS CINCHILLA URE titular de la cédula de identidad Nº V- (...).
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ SEXTO DE JUICIO

Abg. MAY LING GIMENEZ
SECRETARIA