REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 02 de Mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO: KP02-V-2012-001164

Vista la anterior demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR FALTA DE PAGO DURANTE LA PRORROGA LEGAL interpuesta por el ciudadano MARCO ANTONIO PERNALETE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº V-13.408.242, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el Nº 169.980, actuando en su carácter de apoderado judicial de la firma mercantil INVERSIONES FB 2009 C. A., tal como consta en el poder autenticado ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha DOCE (12) de abril de 2012, bajo el Nº 31, Tomo 58 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, contra la ciudadana EMILI ZAMMAR, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.291.528, domiciliada en el Local Nº 1ª-8-3, que forman parte del Centro Comercial Cosmos I, ubicado en la calle 25 entre carreras 21 y 22, de la ciudad de Barquisimeto, en Jurisdicción de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción, por no cumplir con lo previsto en el Artículo 340 ordinales 3º y 6° del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 341 del mismo Código. Por cuanto no se consignaron documentos fundamentales de la pretensión en originales.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los dos (02) días del mes de Mayo de 2012. Años: 202º y 153º.

El Juez,




Abg. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA


La Secretaria


AUDREY LORENA PINTO

En la misma fecha se publicó, siendo las 12:10 p.m.


La Secretaria