REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 25 de Mayo de 2.012
Año 203º y 153º
Causa Civil Nº 4232-12.-
Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento.
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPO POR MUTUO ACUERDO, entre los ciudadanos JENNY JACQUELINE SERRANO DELGADO y CESAR JAVIER ASSING GOMEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.637.566 y V-12.849.148, respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada CARMEN SANTELIZ SEGOVIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.684; désele entrada, anótese en el Libro respectivo, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION, en la misma forma, término y condiciones por ellos convenidas, por estar fundamentada en causa legal. Así mismo, expídase la copia certificada correspondiente en su oportunidad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese boleta. Fórmese expediente.-
La Juez,


Abg. Dulce Maria Montero Vivas.

El Secretario,

Abg. Lucio Torres Armeya.

Seguidamente, se le dio entrada, quedando anotada bajo el N° ___________ y se libró boleta al Fiscal.-

El Secretario.


Abg. Lucio Torres Armeya.

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