En horas de despacho del día de hoy, DIECISEIS (16) de Mayo de dos mil Doce (2012), siendo las 10:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las puertas de un inmueble constituido por una Parcela de Terreno propio y la vivienda unifamiliar pareada sobre ella construida, distinguida con el N° 48, tipo “B”, situada en el Conjunto Residencial “El Morichal”, construido sobre un lote identificado como Lote MU-9, zona A, de la Urbanización Valle de Oro, en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo, en compañía de la Abogada ANDREINA IRENE GUTIERREZ LATOUCHE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.223, actuando en su carácter de Apoderada Judicial la Sociedad de Comercio QUIMICOLOR, C.A., a fin de practicar la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión de la Policía del Estado Carabobo (2 Funcionarios) a cargo del Oficial Agregado Carlos Luis Caripa, Credencia N° 5255. Siendo las 10:45 de la mañana, se hace presente el ciudadano MIGUEL ANGEL BURGOS RAMALLO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.302.685, en su carácter de Avalista de la deuda contraída por FERREBRAM, C.A., se le notificó de la misión a realizar. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal se abstenga de practicar la Medida Ejecutiva de Embargo, reservándome el derecho de practicarlo en otra oportunidad. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora se abstiene de practicar el Embargo Ejecutivo en este acto. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 11:20 de la mañana el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible) DRA. NINOSHKA ZAVALA.L A PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). EL FUNCIONARIO POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible). ABG. ZORKA CARBONELL
|