En horas de despacho del día de hoy, DOS (2) de Mayo de dos mil Doce (2012), siendo las 10:20 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede de la Sub-delegación Las acacias, ubicada en la Urbanización Las Acacias, Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del ciudadano ANTONIO TORREALBA LOZADA, debidamente asistido por la Abogada YSABEL NATALIA SUCRE REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.003, a fin de practicar la notificación decretada por el comitente. Presente el ciudadano JOSE ELIAS OLIVET DELGADO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.830.236, a quien en su carácter de Sub-Inspector y Jefe de Guardia de la Sub-delegación, se le informó de la misión y manifestó al Tribunal que no había nadie en las Oficinas del Consejo Disciplinario de la Región Central del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas procedió a comunicarse con la ciudadana NERYS CARMONA, Presidente del Consejo Disciplinario de la Región Central del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas con sede en Valencia Estado Carabobo, al Nro. Telefónico 0424-4974557, e informó vía telefónica al Tribunal que se encontraban constituidos en la ciudad de San Carlos Estado Cojedes. En este estado interviene la parte Querellante asistido de abogado y expone: Visto lo informado por el notificado, solicitamos al Tribunal se abstenga de practicar la Notificación respectiva, se nos expida copia certificada de la presente acta y del auto que la provea, para lo que pedimos se habilite todo el tiempo necesario para la expedición de la misma, e igualmente fije el día y hora para el nuevo traslado a fin de practicar la notificación decretada por el comitente. El Tribunal visto lo expuesto por la parte Querellante y por el notificado se abstiene de practicar la Notificación decretada por el comitente, y en cuanto a la copia certificada solicitada y la nueva fijación de fecha para trasladarse en otra oportunidad, se acordará por auto separado. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y que las firmas estampadas son de manera voluntaria. Es todo. Siendo la 11:20 de la mañana, el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOHSKA ZAVALA. EL NOTIFICADO, (Fdo. Firma Ilegible). LA PARTE QUERELLANTE Y SU ABG. ASISTENTE, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible). ABG. ZORKA CARBONELL R.