República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En horas de despacho del día de hoy Catorce (14) de Mayo del año Dos Mil Doce (2012), siendo las 10:15 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y la Secretaria Yasmila Faria, en la sede donde funciona la entidad bancaria B.O.D, Banco Occidental de Descuento Banco Universal, Agencia La Candelaria, ubicada Centro Comercial Torinoco, ubicado en la Avenida Lisandro Alvarado, Municipio Valencia, del Estado Carabobo, en compañía del abogado HENRY CARMELO BRAVO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 163.144, apoderado judicial de la parte actora MEDIFARM INVERSIONES Y REPRESENTACIONES C.A., a fin de practicar la medida de embargo preventivo ordenada por el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con motivo del juicio por Cobro de Bolívares Intimación), intentado por la parte actora ya identificada contra la Sociedad de Comercio DROGUERIA QUIMICA CONSOLIDADA DROQUIMICO C.A., en la persona de sus representantes legales ciudadanos: OCTAVIO ENRIQUE ROSSI SANCHEZ, Presidente Ejecutivo y CARLOS ERNESTO FANO CHUNGA, Director Ejecutivo. Seguidamente interviene el apoderado actuante y expone: ” Solicito al Tribunal embargue preventivamente la cantidad adeudada indicada en el despacho de comisión, en la cuenta corriente numero 01160001890006396143, cuyo titular es la Sociedad de Comercio DROGUERIA QUIMICA CONSOLIDADA DROQUIMICO C.A., parte demandada.” A continuación el tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano: ELIEZER PASTOR ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº V
7.017.598, Gerente en la Entidad Bancaria, quien informa al tribunal sobre la disponibilidad de la cuenta señalada. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara embargada preventivamente la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 279.316, 53 ), en la cuenta corriente ya indicada, cuyo titular es la parte demandada Sociedad de Comercio DROGUERIA QUIMICA CONSOLIDADA DROQUIMICO C.A.. Seguidamente el tribunal solicita al notificado expida cheque de gerencia a nombre del Juzgado Comitente, se deja constancia que es expedido cheque de gerencia numero 04322111, de la cuenta cliente 01160023912120210100, a favor del juzgado comitente el cual será remitido al mismo. De igual manera el Tribunal deja constancia que el acta fue levantada en una LAPTO, COMPAQ PRESARIO 2100 y se utilizó una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF, considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente y se restituye a su sede. Es todo Termino, se leyó y conformen firman
La Juez Titular,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
El apoderado Actor
(Firma Ilegible)
Gerente Notificado
(Firma Ilegible)
La secretaria
(Firma Ilegible)
Comisión 3837.12 Expediente N° 17.861.
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