República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
202° - 153°

En el día de hoy 31 de mayo de 2012, siendo las 11:00 de la mañana, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogada JESMAR NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.116, en su carácter de apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil INVERSORA PARTICIPAR, S.A, en el inmueble ubicado en la Calle Los Olivos, Guigue Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3747, contentiva del decreto de EMBARGO PREVENTIVO, emanado del Juzgado Quinto de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 2310. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano JHONNY ENRIQUE VEGAS PACHECO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 3.936.928, quien quedo notificado de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio abogada JESMAR NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.116, expone: Solicito al tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Acto seguido el tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil depositaria Judicial Venezuela, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano JESUS GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.480.302, y perito avaluador al ciudadano RAFAEL LUGO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 4.387.050, quienes presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente el ciudadano, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 12.725.182, asistido por la abogada en ejercicio HEIDY SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.063, expone: Me doy por citado, renuncio al lapso de comparecencia, convengo en la demanda en todas y cada una de sus partes, y con la finalidad de ponerle fin al presente procedimiento, convengo en la pagar la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 54.375) de la siguiente







manera: Pago en este acto la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00) en dinero en efectivo y de curso legal; el saldo restante la cantidad de VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.29.375) ofrezco pagarlo en ocho (8) cuotas mensuales y consecutivas por el monto de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 3500,00) con vencimiento la primera de ellas en fecha 30 de julio de 2012; y la ultima cuota por la cantidad de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.1.375,00) con vencimiento en fecha 28 de febrero de 2013. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio abogada JESMAR NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.116, expone: Acepto el pago realizado por el ciudadano JHONNY ENRIQUE VEGAS PACHECO, ya identificado, y declaro que una vez cumplida con la obligación de pago de todas las cuotas aquí convenidas, nada quedara a deber el codemandado a INVERSORA PARTICIPAR S.A, por este concepto ni por ningún otro. Ambas partes solicitamos del tribunal de la causa le imparta la homologación de ley al presente convenimiento. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, libera la depositaria judicial designada, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la práctica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 2:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR EL DEMANDADO
DRA. MAURICIA GONZALEZ ABOGADA ASISTENTE



PARTE ACTORA DEPOSITARIA



PERITO

LA SECRETARIA
ABOG. YULYMAR FONSECA