REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA

En el día de hoy siete (07) de mayo de dos mil doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) , se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a señalamiento de la Abogada, Sergia Sánchez inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 54.654, apoderada del ciudadano Luis Antonio Sequera (Querellante) con el fin de practicar la medida de AMPARO A LA POSESION POR PERTURBACION decretada por Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, constituido el Tribunal en un inmueble ubicado en el Sector Sabaneta Sur, Callejón San José, al lado de la bodega Mercal del Municipio Miranda del Estado Carabobo, con el fin de imponer al querellado ciudadano Amilcar Pitagora Quintero, del AMPARO A LA POSESIÓN POR PERTURBACIÓN, ordenada por el Comitente, encontrándose en el mismo la ciudadana Ana Morillo quien manifestó ser titular de la cédula de identidad Nº 20.083.266, venezolana, mayor de edad, quien de igual manera manifestó ser la concubina del ciudadano Amilcar Pitágoras Quintero (querellado) a quien se le informó de la misión del Tribunal, procediendo de manera inmediata y con la mejor disposición a comunicarse vía móvil con el querellado en virtud de que él mismo, no se encontraba en su casa de habitación informando a este Tribunal que en unos veinte minutos se haría presente, esto siendo las nueve y treinta y cinco (09:35 a.m.), por cuanto el derecho a la defensa es un derecho constitucional inherente a la persona humana el cual debe ser garantizado y protegido en todo estado y grado del proceso, siendo la fase de ejecución de medida una etapa del proceso es por lo que este Tribunal le concede al notificado un lapso de espera de treinta minutos a los fines de que se comunique con su abogado de confianza y/o terceros que se consideren afectados en esta medida judicial y, estos pueden hacer acto de presencia puedan defender sus derechos e intereses, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 49 numeral1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantizando aún más el derecho a la defensa del demandado de autos. En este estado siendo las diez y cinco de la mañana (10:05 a.m.), se hace presente el ciudadano Amilcar Pitágoras Quintero Obispo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.382.065, en compañía de la Abogada Carolina Ojeda Quintero, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 141.884, titular de la cédula de identidad Nº 15.257.777, procediendo el Tribunal a notificar efectivamente al ciudadano antes mencionado que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transido de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, le ORDENO se abstenga de seguir realizando actividades por si mismo o por interpuestas personas, que perturben tanto el inmueble ubicado en la antes llamada calle la Gruta, hoy conocida como calle 18 de Octubre, del sector el Playón, del Municipio Miranda del Estado Carabobo, bajo los siguientes linderos y medidas. NORTE: con casa que es o fue de Rosa Quintero, calle 18 de Octubre en medio, siendo su frente, por donde mide DIECISEIS METROS CON SETENTA CENTIMETROS (16,70 mts) SUR_ con solar y casa que es o fue de Miguel Ángel Ramos, por donde mide DIECISEIS METROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (16,35 MTS). ESTE: casa que es o fue de Luis Ramos por donde mide VEINTIOCHO METROS CON TREINTA Y CINCO (28,35 mts), OESTE con egido del Municipio, por donde mide VEINTIOCHO METROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS (26,66 mts), dicho inmueble esta ubicado exactamente frente a la casa Nº 66, incluyendo a su núcleo familiar, en cualquier hora en el inmueble antes mencionado. Se deja constancia que dicha medida se llevo a cabo sin inconveniente alguno,. Es todo terminó, se leyó y conformes firman. Regresando al Tribunal a su sede principal siendo las once la mañana (11:00 a.m).-

La Jueza Titular
Abg. Roxana Goudet de González
El Querellado
Amilcar P. Quintero O.
Apoderada Abg.
Sergia Sánchez

La Abg Asistente
Carolina Ojeda Q.



Ana Morillo


La Secretaria
Abg. Juana F. Rodríguez



AMPARO A LA POSESION POR PERTURBACION

Comisiòn Nº396-12