REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 15 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-000292
ASUNTO: RP11-P-2012-000292

RATIFICACION DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD

Celebrado como ha sido en el día de hoy, 15 de noviembre de 2012, la AUDIENCIA DE IMPOSICIÒN DE ORDEN DE APREHESIÒN y para Oír al ciudadano: José Luís Cumana, titular de la cédula de identidad Nº 13.222.101, por la presunta comisión de los delitos Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Asociación Para Delinquir, previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en perjuicio de la victima: Onry José Romero. Seguidamente se verificó la comparecencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal Séptima del Ministerio Público Abg. Crisser Brito, el aprehendido: José Luís Cumana, (previa autorización del traslado de la Comandancia de Policía de esta Ciudad) y el representante de la victima. Rodolfo Alejandro, No estando presente el defensor privado Abg. Gustavo Bermúdez. Se deja un lapso de espera de 10 minutos, a los fines que se hiciera presente en sala. En virtud de la incomparecencia del defensor privado, es por lo que este tribunal acto seguido se le impuso al ciudadano del derecho que tiene de ser asistido de un abogado de su confianza, manifestando el mismo no tener abogado privado de confianza que lo asista en el presente acto, motivo por el cual dicho imputado solicito ser asistido por un defensor público. Seguidamente se hizo pasar a sala al Defensor Público de Guardia Abg. Rosa Moya, quien estando presente en salas aceptó el cargo recaído en su persona y fue impuesto de las actuaciones. Acto seguido toma la palabra el juez da inicio al acto y procede a informar a las partes el motivo de la audiencia y asimismo impone al detenido de la Orden de Aprehensión que pesa en su contra la cual fue dictada por este Tribunal Primero de Control en fecha: 01/02/2012, por lo que se procedió a imponerlo en este acto al imputado de dicha orden de aprehensión.
DEL FISCAL
Seguidamente, el Juez le concede el derecho de palabra a la Fiscal Del Ministerio Público, quien Expone: “Solicito a este digno Tribunal se ratifique la: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado de autos, ello conforme a lo establecido en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar esta representante fiscal que se encuentran llenos los extremos de los citados artículos, en virtud de que nos encontramos en presencia de uno de los delitos que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, como lo es el delito el cual precalifico en este acto como lo es los delitos de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Asociación Para Delinquir previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en perjuicio de Onry Jose Romero, por los hechos ocurridos en fecha: 23-11-2011, por ser estos hechos de reciente data, igualmente considera esta representación fiscal que existe peligro de fuga en virtud de la pena que podría llegarse a imponer y en virtud de encontrarnos ante la presencia de uno de los delitos consagrados como de mayor gravedad. Asimismo existe peligro de obstaculización por cuanto de llegarse a encontrar en libertad el imputado pudiera influir tanto en los testigos, funcionarios y expertos a los fines de que se comporten de manera desleal y reticente poniendo en peligro la verdad de los hechos y la realización de la Justicia. Así mismo, consigno en este acto copias simples de las actuaciones originales de dicha orden de aprehensión relacionadas con presente causa. Y por cuanto se encuentra presente el representante de la victimas, solicito al tribunal se le otorgue la palabra. Y por último solicito se me expida copia simple del acta. Es todo.
DEL REPRESENTANTE DE LA VICTIMA:
Acto seguido se le otorgo el derecho de palabra al Representante de la Victima que se encuentra presente en sala, Abg. Rodolfo Alejandro, quien expone: Escuchado lo expuesto por la representación fiscal me adhiero a dicho petitorio, ello por cuanto considero que existe peligro de fuga en virtud de la pena que podría llegarse a imponer y en virtud de encontrarnos ante la presencia de uno de los delitos consagrados como de mayor gravedad y visto que el además de ellos pudiera influir en la investigación, ya que existen elementos de prueba suficientes que pueden acreditar responsabilidad penal al ciudadano, de conformidad con los artículos 453 , 456 ordinal 9 del COPP, por lo que se debe mantener la pena de la privativa de libertad, por cuanto no opta según los referidos artículos por una medida menos gravosa que la privativa de libertad. Es todo.
DEL IMPUTADO:
Seguidamente el Juez impone al imputado del Precepto Constitucional contenido en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el artículo 131 del Código Orgánico procesal Penal, quien dijo ser y llamarse: JOSE LUIS CUMANA ZAPATA, Venezolano, De 38 Años De Edad, Soltero, de profesión u oficio obrero, Hijo De Arquímedes Cumana y Angela Zapata, Natural de CUMANÁ, Nacido En Fecha 06-06-1974, Titular De La Cedula De 13.222.101, residenciado en San Juan de Macarapana, Calle Principal, Casa S/N. Cumana, Estado Sucre; quien manifestó: Me Acojo al precepto constitucional. Es todo.
DE LA DEFENSA:
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la Defensora Abg. Rosa Moya, quien expone: Revisada como ha sido el presente asunto, y oída la solicitud fiscal del ministerio publico, alego a favor de mi representado los artículos 08, 09, 243 del Código Orgánico Procesal Penal, igualmente el articulo 49, en su ordinal 2 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y en virtud que lo ampara la presunción de inocencia, estado de libertad, es por lo que solicito una medida cautelar sustitutiva de libertad de la contemplada en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por ultimo solicito copia simple del presente acta. Es todo.
DEL TRIBUNAL:
“Concluido el desarrollo de la presente audiencia de Imposición de Orden de Aprehensión y para escuchar al imputado de autos, oída la exposición realizada por la Fiscal del Ministerio, quien solicita se ratifique la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano José Luís Cumana, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la presunta comisión del delito de delitos Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Asociación Para Delinquir previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en perjuicio de Onry José Romero por los hechos ocurridos en fecha: 23-11-2011, así mismo, lo manifestado por representante de la victima y lo alegado por la Defensa Público, quien solicita se decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, para su representado y revisada las actas procesales que conforman el presente asunto, este juzgador pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: En el presente caso nos encontramos ante la presunta comisión de un hecho punible, delito precalificado el cual es merecedor de una pena privativa de libertad, como lo es los delitos de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Asociación Para Delinquir, previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en perjuicio de la victima: Onry Jose Romero, en los hechos punibles atribuidos por la Representante del Ministerio Público; lo cual se desprende de las actas procesales que conforman el presente asunto como son: -TRANSCRIPCION DE NOVEDADES, de fecha 23-11-2011. -Oficio Nº 9700-027-4499, de fecha 23-11-2011. -ACTA POLICIAL S/N° de fecha: 25-11-2011. -ACTA DE INSPECCION TECNICA, Nº 2679, DE FECHA 25-11-2011. - ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 24-11-2011, RENDIDA POR LA VICTIMA ONRY JOSE ROMERO. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR FRANCISCA MARIA ROMERO RODRIGUEZ. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR: HENRY RODRIGUEZ. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR: JOHANNY JOSE RODRIGUEZ. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR LORENZO ANTONIO RODRIGUEZ. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR : JHOEN MIGUEL RODRIGUEZ. -MEMORANDUM N° 9700-032-10928, de fecha 25-11-2012. -INFORME N° 232, DE FECHA: 25-11-2011. - REGISTRÓ DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS n° 055.- DE FECHA 26-11-2011. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DEL 2011, RENDIDA POR: VICTOR JOSE MEDINA MARCANO. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 26-11-2011, RENDIDA POR YUDELIS DEL VALLE ROJAS MALAVE. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA: 28 -11-2011, RENDIDA POR YELISBEIDY DEL VALLE MOYA PATRANO. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 28-11-2011, RENDIDA POR ANGEL LUIS RODRIGUEZ ROMERO. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA: 28-11-2011, RENDIDA POR GABRIEL DEL JESUS PASTRANO. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 28-11-2011, RENDIDA POR GRISMARY HERNANDEZ ROSAL. -ACTA DE INVESRTIGACION PENAL, DE FECHA: 28-11-2011. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 30-11-2011, RENDIDA POR LENIS YOLANDA GARCIA MIRANDA. - OFICIO N° 9700-027-4565, EMANADA DEL JEFE DE LA DIVISION CONTRA ROBOS. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 01-12-2011, RENDIDA POR JOHIBER ALEXANDER GONZALEZ MUJICA. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 02-12-2011, RENDIDA POR NAYUSKA CAROLINA SOSA HERNANDEZ. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 02-12-2011, RENDIDA POR LUIS ANTONIO VILLARROEL CORDERO. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 02-12-2011, RENDIDA POR LUIS URBANO MUNDARAIM. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 02-12-2011, RENDIDA POR CARMEN MARIA GARCIA FERNANDA. -INFORME, DE FECHA 02-12-2011, EMANADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, DONDE SE DEJA CONSTANCIA DE LA RELACION DE LLAMADAS REALIZADAS Y RECIBIDAS. -ACTA POLICIAL de fecha 29-11-2011, REMITIENDO RELACION DE LLAMADAS. - ACTA POLICIAL, DE FECHA 29-11-2011, REMITIENDO RELACION DE LLAMADAS DEL NUMERO 0426.8895573. -RECONOCIMIENTO DE BARRIDO Y ANEXOS , N° 1870, DE FECHA 17-11-2011. -AREA DE ANALISIS DE EVIDENCIA FISICAS, N° 9700DFC-AEF-299-11, DE FECHA 26-11-2011. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS N° 2.679. -RECONOCIMIENTO LEGAL DE BARRIDO, EN FECHA 17-11-2011, N° AEF-1870. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL N° 299-11, DE FECHA: 26-11-2011, A UN PICO. -REGISTRO DE CADENA Y CUSTODIA DE EVIDENCIAS FICIAS, N° 2679, 26-11-2011. - RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 1869, DE FECHA 28-11-2011. -RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 1869, DE FECHA 28-11-2011. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N° 2679, DE FECHA 26-11-2011. - Acta Policial de fecha 13 de Enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -Acta Policial de fecha 13 de Enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble donde se presume reside el ciudadano: OSCAR JOSE MARCANO MARTINEZ, apodado LA ARAÑITA. - FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble donde se presume habita el ciudadano. OSCAR JOSE MARCANO MARTINEZ, apodado LA ARAÑITA. -Acta Policial de fecha 13 de Enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, adscrito a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -Acta Policial de fecha 14 de Enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, SUBINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble donde se presume habita el ciudadano apodado EL MARACUCHO. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble Segundo nivel donde se presume habita el ciudadano apodado EL MARACUCHO. FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble Segundo nivel donde se presume el ciudadano apodado EL MARACUCHO. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra vehiculo marca Toyota, estacionado en lugar de habitación donde se presume reside el ciudadano ERASMO apodado Toyota. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se presume reside el ciudadano JOSE LUIS Apodado CUMANA. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se presume reside el ciudadano JOSE LUIS Apodado CUMANA. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se presume reside el ciudadano ALEXIS GUZMAN, apodado Alexito. - FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se presume reside la abuela del ciudadano ALEXIS GUZMAN. -Acta Policial de fecha 17 de Enero del 2012, suscrita por los funcionarios CARLOS GONZALEZ, NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA, en donde se demuestra la fachada de inmueble Segundo nivel donde se presume el ciudadano apodado MIGUEL APODADO MIGUEL EL POLICIA. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17 de enero del 2012, suscrita por el funcionario RICHARD FIGUEREDO adscrito a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de enero del 2012, suscrita por el funcionario Inspector: DARWIN ECHEVERRIA adscrito a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 20 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, -INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ORDEN DE ALLANAMIENTO acordada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signado con el número RP11-P-2012-000106. -REGISTRO DE CADAEN A DE CUSTODIA DE EVIDENCIA FISICAS. -REGISTRO DE CADAENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIA FISICAS. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 20-01-2012, rendida por el ciudadano EDUARDO RAFAEL SALAZAR PAYARES, C.I.V-19.101.120. por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Estadal Carúpano. -ACTA DE ENTREVISTA de fecha 20-01-2012, rendida por el ciudadano JOSE LUIS ZAPATA, C.I.V-11.435.629. por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Estadal Carúpano. - MEMORANDUM NUMERO 9700-226-0401 de fecha 20-01-2012, en donde se solicita Experticia de autenticidad y falsedad de los billetes descritos en dicha memorando. -RECONOCIMIENTO NUMERO 0038, de fecha 19-01-2012, practicado por el experto YANOWISKY VELASQUEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Estadal Carúpano. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 20 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ORDEN DE ALLANAMIENTO acordada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signado con el número RP11-P-2012-000108. -ACTA DE ENTREVISTA de fecha 20-01-2012, rendida por el ciudadano ONRY JOSE ROMERO, C.I.V-11.435.361. por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Estadal Carúpano. -ORDEN DE ALLANAMIENTO acordada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signado con el número RP11-P-2012-000109. -ACTA DE ENTREVISTA de fecha 20-01-2012, rendida por el ciudadano KARINA COROMOTO ZAMBRANO ASUNA, C.I.V-18.213.267. por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Estadal Carúpano, -ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 20 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios JORGE MENDEZ, EINSTEIN GUIRIGAY, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, RICHARD FIGUEREDO, JOSE ROJAS, GONZALO PIÑANGO adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL 22 de enero del 2012, suscrito por los funcionarios INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, AGENTE CARLOS GONZALEZ. -COPIA FOTOSTATICA DE CHEQUE NUMERO 13473611, DE BANESCO. -ACTA POLICIAL 22 de enero del 2012, suscrito por los funcionarios INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, AGENTE CARLOS GONZALEZ. -OFICIO NUMERO 9700-027-0250 de fecha 23 de enero del 2012, dirigida al JEFE DE SEGURIDAD DEL BANCO BANESCO, EN DONDE SE SOLICITA EL MOVIMIENTO BANCARIO DE MAKLAD SOULIEMAN SIMON. -ACTA POLICIAL 22 de enero del 2012, suscrito por los funcionarios INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA. -ACTA POLICIAL 24 de enero del 2012, suscrito por los funcionarios AGENTE CARLOS GONZALEZ. -FIJACION FOTOGRAFICA de la residencia del ciudadano MAKLAD SOULIEMAN SIMON. -ORDEN DE ALLANAMIENTO acordada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signado con el número RP11-P-2012-000103. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios:NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA DE NIVEL donde reside el ciudadano OSCAR JOSE MARCANO MARTINEZ, apodado LA ARAÑITA. FIJACION FOTOGRAFICA DE NIVEL donde reside el ciudadano OSCAR JOSE MARCANO MARTINEZ, apodado LA ARAÑITA. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, SUBINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA DE NIVEL donde reside apodado MARACUCHO. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17 de enero del 2012, suscrita por el subinspector RICHARD FIGUEREDO adscrito a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios, NEOMAR MORENO, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios, NEOMAR MORENO, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ORDEN DE ALLANAMIENTO acordada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signado con el número RP11-P-2012-000107. ACTA POLICIAL de fecha 13 de enero del 2012, suscrita por los funcionarios NEOMAR MORENO, INSPECTOR JEFE CRISTHIAM OLMEDILLO, INSPECTOR DARWIN ECHEVERRIA, SUINSPECTOR RICHARD FIGUEREDO, AGENTES CARLOS GONZALEZ Y JORGE MENDEZ adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 22 de enero del 2012, suscrita por el funcionario Inspector DARWIN ECHEVERRIA, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -ACTA POLICIAL de fecha 24 de enero del 2012, suscrita por el funcionario CARLOS GONZALEZ, adscritos a la División Nacional contra Robos del Cuerpo de Investigaciones, científicas y Criminalísticas. -FIJACION FOTOGRAFICA de donde funciona Almacenes mi pueblo, en Porlamar, Estado Sucre. OFICIO N° 9700.-0269, DE FECHA 24-01-2012. -ACTA POLICIAL, DE FECHA: 13-01-2012.- ACTA POLICIAL, DE FECHA: 13-01-2012. -ACTA POLICIAL, DE FECHA: 13-01-2012.- COMPOSICIONES FOTOGRAFICAS, DE LA RESIDENCIA DE OSCAR MARCANO.- COMPOSICIONES FOTOGRAFICAS, DE LA RESIDENCIA DE OSCAR MARCANO. -ACTA POLICIAL DE FECHA: 13-01-2012. -ACTA POLICIAL DE FECHA: 14-01-2012.- COMPOSICIONES FOTOGRAFISCA DE LA VIVIENDA DEL CIUDADANO APODADO MARACUCHO. -COMPOSICIONES FOTOGRAFICAS DE LA VIVIENDA DEL CIUDADANO ERASMO APODADO ERASMO TOYOTA. COMPOSICIONES FOTOGRAFICAS DE LA VIVIENDA DEL CIUDADANO JOSE LUIS APODADO CUMANA.- FIJACIONES FOTOGRAFICAS DE LA FACHADA DE LA CASA DEL ALEXIS, APODADO ALEXITO. -ACTA POLICIAL, DE FECHA: 17 -01-2012. -FIJACION FOTOGRAFICA DE LA FACHADA DE LA CASA DE MIGUEL APODADO MIGUEL EL POLICIA. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 17-01-2012. -OFICIO N° 9700-226-0296- A-B-CD-E, DE FECHA: 17-01-2012.- OFICIO N° 0295, DE FECHA 17-01-2012. -OFICIO N° 0297, DE FECHA 17-01-2012. -ACTAS DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 19-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha: 19-01-2012, DE JUAN CARLOS MOYA MARCANO. -MEMORANDUM, DE FECHA: 19-01-2012. -ACTA DE INSPECCION TECNICA, N° 089, DE FECHA: 19-01-2012.- ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL, DE FECHA: 19-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 19-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA. 19-01-2012, RENDIDA POR YUSMELIS MILLAN GUEVARA. -FOTO DEL CIUDADANO ERASMO AMAIZ. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA: 19-01-2012, RENDIDA KATHERIN WILSORYS MARVAL LAREZ. -MEMORANDUM, N° 9700-0226-0343.- DE FECHA: 19-01-2012. -EXPERTICIA N° 025-2012, DE FECHA 19-01-2012. -MEMORANDUM, DE FECHA: 19-01-2012. -RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 028, DE FECHA: 19 DE ENERO DEL 2012 -MEMORANDUM, DE FECHA: 19-01-2012. -RECONOCIMIENRTO N° 030, DE FECHA 19-01-2012. -RECONOCIMIENRTO N° 031, DE FECHA 19-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 19 DE ENERO DEL 2012, RENDIDA POR FERMIN YAÑEZ EGLIS VICTORIA. -ACTA DE ENTREVISTA, DE DE FECHA 19-01-2012, RENDIDA POR CARLOS EDUARDO LAREZ ROSAL. -RECONOCIMIENTO LEGAL, N 029, DE FECHA 19 -01-2012. -MEMORANDUM, N° 9700-027-0372. -RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 034, DE FECHA 19-01-2012. -MEMORANDUM, N° 0373, DE FECHA: 19-01-2012.- MEMORANDUM, S/N°, DE FECHA 19-01-2012. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIN EOT LEGAL Y AVALUO REAL,. N° 026-2012, DE FECHA: 19-01-2012. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 19-01-2012. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 19-01-2012.- COMPOSICIONES FOTOGRAFISCA DE UN VEHICULO MARCA FIAT MODELO PALIO. -MEMORANDUM, S/N° DE FECHA 19-01-2012. -MEMORANDUM, S/N° DE FECHA 19-01-2012.- EXPERTICIA LEGAL Y AVALUO REAL, N° 028-2012. DE FECHA: 19-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA: 19 DE ENERON DEL 2012.- ACTA POLICIAL DE FECHA: 19 -01-2012. -MEMORANDUN N° 0375, DE FECHA 19-01-2012.- RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 033. DE FECHA:19-01-2012. - RECONOCIMIENTO LEGAL N° 032, DE FECHA 19-01-2012. - MEMORANDUM, N° 0374, DE FECHA 19-01-2012. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 19-01-2012. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 19-01-2012, RENIDA POR MARIN ENRIQUE DE LAS AGUAS. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA:19-01-2012, RENDIDA POR KENIS ANTONIO RAMIREZ GOITE. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA: 19-01-2012, RENDIDA POR BENILDE MARGARITA CEDEÑO. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA:19-01-2012, RENDIDA POR KARINA MARGARITA CARREÑO CEDEÑO. - REGISTRO DE CADENA Y CUSTIDA DE EBVIDENCIAS FISICAS. - MEMORANDUM, N° 0397, DE FECHA 20-01-2012.- MEMORANDUM, DE FECHA 20-01-2012. - RECONOCIMIENTO LEGAL, 036, DE FECHA:20-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 20-01-2012, DE ONRRY ROMERO. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 20-01-2012. - MEMORANDUM, Nª 0377, DE FECHA 20-01-2012.- MEMORANDUM N° 0400, DE FECHA: 20-01-2012. - RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 037, DE FECHA 20-01-2012. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 20-01-2012. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 20-01-2012, RENDIDA POR SALAZAR PAYARES EDUARDO. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 20-01-2012. RENDIDA POR JOSE LUIS ZAPATA. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL DE FECHA: 20 DE ENERO DEL 2012. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 20-01-2012, RENDIDA POR ALEXIS GABRIEL GUZMAN. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 20-01-2012.- MEMORANDUM, N° 0401, DE FECHA: 20-01-2012. - RECONOCIMIENTO LEGAL, N° 0038, DE FECHA 19-01-2012.- INFORME N° 296, DE FECHA 27-11-2011. -RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIAS DE ACTIVACION, N° 297. DE FECHA 27-11-2012. -ACTA POLICIAL DE FECHA 22-01-2012.- ACTA POLICIAL DE FECHA: 23-01-2012. - MEMORANDUM, N° 0253, DE FECHA 23-01-2012. -MEMORANDUM, N° 0254, DE FECHA 23-01-2012. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 23-01-2012. - ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 23-01-2012, RENDIDA POR ALFREDO GERMAN CARREÑO MEDINA. - MEMORANDUM N° 0258, DE FECHA 24-01-2012. -MEMORANDUM N° 0253, DE FECHA: 24-01-2012. Ahora bien, con lo antes trascrito se logra apreciar que se encuentran acreditados los ordinales 1 y 2 del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, pues estamos ante la presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, el cual no se encuentra prescripto y su perpetración se encuentra acreditada con los mencionados elementos de convicción, los cuales señalan al imputado de autos, directamente como el autor o participe del hecho investigado; asimismo éste Tribunal considera que existe peligro de fuga, en virtud de la pena que podría llegar a imponerse en el presente caso, que como puede observarse es de suficiente entidad el delito imputado en este acto, lo que podría influir en el imputado, no solamente para fugarse sino para ocultarse y de esa manera poner en peligro la finalidad de la justicia, así mismo también prevalece el peligro de fuga. De igual manera, en cuanto al peligro de obstaculización, se hace presente, ya que hay la presunción que el imputado pudiere influir sobre los familiares de la victima, testigos y funcionarios actuantes, para que estos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, poniendo en peligro la búsqueda de la verdad y la realización de la justicia; por lo que considera este tribunal, que están llenos los extremos de los artículos artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, resulta procedente Ratificar la Medida de Coerción Personal, solicitada por la Fiscal del Ministerio Público. Y en consecuencia se declara así improcedente la solicitud de la medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, alegada por la defensa, toda vez que ante la entidad de la pena, el daño causado y el tipo penal imputado, las resultas del proceso no pueden ser razonablemente satisfechas, por la imposición de una de la medida cautelar, de las prevista en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otro lado, se ordena que continúe el proceso conforme a los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Ejusdem, ello en virtud de lo solicitado por la representante del Ministerio Público. Y así se decide.
DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley SE RATIFICA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: JOSE LUIS CUMANA ZAPATA, Venezolano, De 38 Años De Edad, Soltero, de profesión u oficio obrero, Hijo De Arquímedes Cumana y Ángela Zapata, Natural de CUMANÁ, Nacido En Fecha 06-06-1974, Titular De La Cedula De 13.222.101, residenciado en San Juan de Macarapana, Calle Principal, Casa S/N. Cumana, Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la presunta comisión del delito de delitos Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Asociación Para Delinquir, previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en perjuicio de la victima: Onry José Romero, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251, numerales 2, 3 y 5; y 252, numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por otro lado, se ordena la aplicación del procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda como sitio de reclusión la Comandancia de la Policía de esta ciudad. En consecuencia, Líbrese Boleta de Privación Judicial Preventiva de Libertad y junto con oficio remítase a la comandancia de la Policía de esta ciudad. Líbrese oficio al Tribunal Segundo de Control, informándole lo aquí decidido. Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, dentro del lapso legal correspondiente. Expídanse las copias solicitadas por las partes. Así mismo se acuerda agregar las copias simples consignadas por la representación fiscal al presente asunto, las cuales se encuentran relacionadas con la orden de aprehensión en contra del imputado de autos. En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes téngase notificadas las mismas, conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penales.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,
ABG. MARIA M. PEREIRA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. PATRICIA RASSE