REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, veintiuno de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

SENTENCIA


ASUNTO : RP31-L-2012-000445
PARTE ACTORA : TONI RAFAEL BLONDELL REINALES, CRISANTO RAFAEL GONZALEZ y JAVIER JOSE RIBERO CEDEÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELBA MILLAN,
PARTE DEMANDADA: CENTRO CLINICO SANTA ROSA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la diligencia presentada por los ciudadanos TONI RAFAEL BLONDELL REINALES, CRISANTO RAFAEL GONZALEZ Y JAVIER JOSE RIBERO, titulares de la cedula de identidad N°25.100.081, 14.285.725 y 20.001.381 respectivamente, asistido por el abogado ALBERTO JOSE TERIÚS FIGUERA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 12.545, manifestando que Desisten del procedimiento, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
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La Jueza,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO

El secretario

Abg.TEOFILO SALAZAR