REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2012-001666

Visto el escrito de pruebas (folio 100 y su vuelto de la pieza principal) presentado por las abogadas Gregoria Sánchez y Carmen Sánchez, en sus condiciones de apoderadas judiciales (folios 05-07 inclusive, 40 y su vuelto de la pieza principal) del accionante y con motivo de la incidencia de tacha, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Con relación a las Instrumentales, se deja constancia que componen los folios 101-108 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.-

SEGUNDO: En pronunciamiento a la Testimonial, se deja constancia que el ciudadano Edgar A. Guillén, deberá comparecer a la audiencia de juicio a rendir su declaración en calidad de testigo.-

TERCERO: En referencia a la probanza contenida en el particular “III” (Experticia), el Tribunal ordena oficiar lo conducente a la Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) a objeto que designe un funcionario para constatar lo requerido en el particular antes señalado. Líbrese oficio.-

Por último, se establece que la continuación de la audiencia de juicio para el control de las pruebas de la incidencia de tacha se fijará una vez que conste en autos las resultas de la experticia ordenada.-

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
LUISANA OJEDA.
CJPA/mgd.-