LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL
Exp. No. 006987
En fecha 05 de octubre de 2011, el abogado DUNCAN ESPINA PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.763, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ALBERTO JESÚS NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.751.918, interpuso querella funcionarial contra la Alcaldía del Municipio El Hatillo del estado Bolivariano de Miranda.
En fecha 02 de noviembre de 2011, este Tribunal admitió la querella interpuesta y en fecha 07 de noviembre de 2011, se ordenó la citación mediante Oficio al ciudadano Síndico Procurador Municipal del Municipio El Hatillo del estado Bolivariano de Miranda, a los fines de la contestación a la querella, e igualmente se le requirió la remisión del expediente administrativo del caso y la notificación a la Alcaldesa del citado Municipio, de conformidad con lo previsto en el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, para lo cual se requirieron fotostatos de la querella y de todos los anexos de la misma, para que previa su certificación fueran acompañados a los citados Oficios, los cuales no fueron consignados a los autos.
Ahora bien, tal y como se evidencia de autos, desde el 07 de noviembre de 2011, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento, razón por la cual, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012). Años 202° y 153°
EL JUEZ PROVISORIO,
FERNANDO MARÍN MOSQUERA
LA SECRETARIA Acc.,
DORELYS BLANCO MALAVÉ
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA Acc.,
Exp.006987/Abraham
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