REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

ASUNTO: GP01-S-2012-001926
JUEZA: ABOG. BLANCA JIMÉNEZ
IMPUTADO: GRUBER JOSE CUICAS MARQUEZ
FISCALIA: DECIMA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: SANTA VIVIANA VERA RODRIGUEZ
DELITO: AMENAZA
DECISIÓN: CESACIÓN DE MEDIDAS POR DECRETO DE ARCHIVO FISCAL.

Recibido en fecha 28-02-2013, escrito Fiscal, informando que se DECRETO ARCHIVO FISCAL en la investigación seguida en contra del ciudadano: GRUBER JOSE CUICAS MARQUEZ, por el delito de AMENAZA, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del COPP, por no contar con elementos que le permitan presentar acto conclusivo distinto.

De revisión efectuada al Sistema Juris 2000, pudo precisarse que en fecha 05-11-2012, se celebró Audiencia especial de presentación, imputado por el delito de AMENAZA, decretada Libertad sin Restricción, no obstante, fue impuesto de las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima, por parte del Tribunal, de las previstas en el artículo 87 ordinales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El Archivo Fiscal, es uno de los actos conclusivos, de la fase investigativa del sistema acusatorio, establecidos por el Legislador Penal Adjetivo, en su artículo 315:

“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado o imputada a cuyo favor se acuerde el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes”.

Corresponde dentro de las atribuciones de la Vindicta Pública, Decretar el Archivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 108 ordinal 5to de la Ley Penal Adjetiva, por tanto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer, declara la Cesación de la condición de imputado , ya que motivado a su detención en Flagrancia fue reseñado por el C.I.C.P.C, así como de las Medidas de Protección que fueran impuestas al ciudadano: GRUBER JOSE CUICAS MARQUEZ Publíquese, regístrese. Notifíquese a las partes. Líbrense las comunicaciones correspondientes, toda vez que fue detenido en flagrancia y reseñado. Remítase la actuación a la Fiscalía 16º del Ministerio Público.


Abog. BLANCA JIMENEZ
Jueza Segunda de Primera Instancia en
Funciones de Control, Audiencias y Medidas,

Abog. Luis Trejo
Secretario,