REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ
Cumaná, 26 de Noviembre de 2012
202º y 153º


ASUNTO: JMS1-S-3834-12
SOLICITANTES: LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA Y YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, escrito presentado por los ciudadanos LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA Y YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 8.643.703 y 12.271.805, respectivamente, domiciliados en Mundo Nuevo, calle Santa Inés, N° 87, Cumana, Estado Sucre y la segunda domiciliada en Brasil, Sector 2, Av. 19, N° 16, Cumana, Estado Sucre, debidamente asistidos por la abogada Martha Hoyos, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 20.355, señalando que solicitan la disolución del vínculo matrimonial existente entre ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, alegando que contrajeron matrimonio en fecha dieciocho (18) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Seis (1996), por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Inés del Municipio Sucre del Estado Sucre, y que de su unión procrearon dos (02) hijos que llevan por nombres: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, manifiestan los solicitantes que tiene mas de cinco (05) años separados específicamente desde el mes de Enero del año 2007.-

A los fines de demostrar lo alegado, los ciudadanos LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA Y YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO, consignaron junto con su escrito, acta de matrimonio y copia de la acta de nacimiento de su hijo, documentos públicos administrativos que se aprecian de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el contenido del artículo 1357 del Código Civil, y que demuestran la cualidad de los solicitantes; y así se establece.

Mediante auto de fecha veinte (20) de Noviembre de 2012, este Tribunal admitió la demanda, debiéndose dictar sentencia al tercer día de despacho siguiente al presente auto.

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA Y YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 8.643.703 y 12.271.805, respectivamente, domiciliados en Mundo Nuevo, calle Santa Inés, N° 87, Cumana, Estado Sucre y la segunda domiciliada en Brasil, Sector 2, Av. 19, N° 16, Cumana, Estado Sucre, debidamente asistidos por la abogada Martha Hoyos, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 20.355.-

En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE, contraído por ellos, en fecha dieciocho (18) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Seis (1996), por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Inés del Municipio Sucre del Estado Sucre. En aplicación a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal

RATIFICA Y HOMOLOGA cada uno de los acuerdos suscritos en su solicitud, relacionados a las Instituciones Familiares por cuanto no vulneran sus derechos, ni son contrarias al orden público ni a las buenas costumbres, a favor de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se establece:


LA PATRIA POTESTAD: Será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores: LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA Y YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO.-

LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA: Comprende el deber y derecho compartido, igual e irrenunciable del padre y de la madre de amar, criar, formar educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral. En cuanto a la custodia será ejercida por la madre: YANETH MARGARITA SANCHEZ VALLEJO.-

EL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: Será Amplio, siempre y cuando no afecte en nada la escolaridad y los días y horas de descanso de los hijos. En época de vacaciones escolares, navidades, carnavales, semana santa, y cualquier otra temporada de descanso, dichos días serán compartidos en forma alterna entre los padres, por igual tiempo. El día del padre, con el padre, y el día de la madre, con la madre.-

LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION: El ciudadano LUIS MIGUEL MARCANO VILLAHERMOSA, entregara quincenalmente a la madre QUINIENTOS BOLIVARES, y en épocas decembrinas, MIL BOLIVARES para cada hijo. En época de vacación el padre LUIS MIGUEL MARCANO, se compromete llevar a los hijos a sitios recreativos y cubrir con todos los gastos.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veintiséis (26) día del mes de Noviembre del año dos mil doce (2012).
JU EZA

Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI L.
Secretaria
Siendo las 09:57 de la mañana se publico la presente sentencia.

Secretaria
MEG/David.-+