REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 27 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-007146
ASUNTO : KP01-P-2009-007146
DECISION INTERLOCUTORIA QUE ACUERDA LA ENTREGA EN GUARDA Y CUSTODIA DE VEHICULO:
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por el ciudadano ROJAS ALVAREZ JESUS GUILLERMO Venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 3.629.506, este Tribunal de Control No.6 pasa a decidir en los siguientes términos:
Cursa al folio uno (1) oficio nro. LAR-DDC-F-04-6421-12, de fecha 26 de Octubre de 2012, remitido por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara, donde remite actuaciones relacionadas con la retención en fecha 17 de agosto de 2012 por parte de funcionarios adscritos a la Estación Policial Fundalara de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, de un vehículo con las características siguientes: CLASE AUTOMOVIL, MARCA DAEWOO, PLACAS AP840T, MODELO CIELO BX, AÑO 1999, COLOR BLANCO, TIPO SEDAN, SERIAL DE CARROCERIA KLATF19Y1XB244173, SERIAL DE MOTOR G15MF764992B, el cual se encuentra en el Estacionamiento Judicial Concordia de esta ciudad.-
Corre inserto al folio siete (7) del presente asunto Certificado de Registro de Vehiculo N° 26576490 a nombre de JESUS GUILLERMO ROJAS ALVAREZ de un vehiculo cuyas características: CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO TRANSPORTE PUBLICO, MARCA DAEWOO, MODELO CIELO BX, AÑO 1999, COLOR BLANCO , SERIAL DE CARROCERIA KLATF19Y1XB244173, SERIAL DE MOTOR G15MF764992B Y PLACAS AP840T
Corre inserto al folio diez y nueve (19) DENUNCIA COMUN expediente I-140.592 en donde se deja constancia que fue objeto de robo el vehiculo CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO TRANSPORTE PUBLICO, MARCA DAEWOO, MODELO CIELO BX, AÑO 1999, COLOR BLANCO , SERIAL DE CARROCERIA KLATF19Y1XB244173, SERIAL DE MOTOR G15MF764992B Y PLACAS AP840T
Al folio 39 cursa Experticia de Reconocimiento Técnica Avaluó Real en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas realizado a un vehiculo CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO TRANSPORTE PUBLICO, MARCA DAEWOO, MODELO CIELO BX, AÑO 1999, COLOR BLANCO , SERIAL DE CARROCERIA KLATF19Y1XB244173, SERIAL DE MOTOR G15MF764992B Y PLACAS AP840T el vehiculo presenta seriales de identificación de carrocería falsos y serial de producción original .
Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante, que es el ciudadano ROJAS ALVAREZ JESUS GUILLERMO Venezolano, natural de Caracas Dtt Capital, de 57 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, con domiciliado en el edificio Metropolitano piso 12 apartamento 124 avenida Venezuela con calle 41 de Barquisimeto Estado Lara
Si bien es cierto la experticia nos revela que estamos en presencia de un vehículo con seriales alterados, lo que impide hacer una entrega definitiva, no es menos cierto, que existe la presunción, salvo prueba en contrario, que los documentos presentado por el solicitante y del cual se hace referencia, lo que aporta a este Tribunal es la buena fe del solicitante en la compra del Vehículo que posteriormente resulta con sériales adulterados.
Por otra parte de la revisión del sistema juris 2000 decisión de fecha 19-10-2009, en el cual este Tribunal acordó hacerle la entrega en calidad Depósito, con la advertencia que no puede realizar ningún acto de comercio con el vehículo y el mismo es objeto de una investigación que continuará haciendo la vindicta publica, por lo que debe ser puesto a la orden de la Fiscalía o del Tribunal al momento que lo requiera al propietario ciudadano: ROJAS ALVAREZ JESUS GUILLERMO Venezolano, , titular de la cédula de identidad nro. 3.629.506 .
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.6 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda:
Primero: Hacer la ENTREGA EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ROJAS ALVAREZ JESUS GUILLERMO Venezolano, , titular de la cédula de identidad nro. 3.629.506, del vehículo CLASE AUTOMOVIL, MARCA DAEWOO, MODELO CIELO, COLOR BLANCO, PLACAS AP840T, SERIAL DE CARROCERIA KLATF19Y1XB244173, en los mismos términos que fuera entregado en fecha 19-10-2009.-
Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial Concordia de este estado, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo al mencionado ciudadano en calidad de depósito. Notifíquese a las Partes, ofíciese a la Fiscalía del Ministerio Público. Regístrese. Cúmplase.-
El Juez
El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García