REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : KP02-M-2011-000495

Vista la anterior TRANSACCION presentada por la parte actora DROGUERIA NENA, C.A., firma mercantil, de este domicilio, y la parte demandada sociedad mercantil INVERSIONES NAVA PARRA, C.A., y el ciudadano FRANKLIN JOSE NAVA CASTELLANO, domiciliados en Maracaibo, Edo. Zulia, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Expídase copia certificada conforme a lo solicitado. Archívese el expediente.
LA JUEZ,



ABG. EUNICE B. CAMACHO M.
LA SECRETARIA,



ABG. BIANCA M. ESCALONA T.
EBCM/BMET/m. elena.