Revisado como ha sido las actuaciones que conforman la presente Solicitud de Consignación, el Tribunal observó de las Actas de Defunción y de la Partida de Nacimiento que cursan en autos, | que el beneficiario: JOAQUIM DE SOUSA SANTOS falleció en fecha 19 de Octubre del 2010, y que procreó entre otros hijos, una niña de nombre DANIELA CRISTINA, actualmente menor de edad, representada en la presente Solicitud por su progenitora, ciudadana: VIRGINIA LAURA PENSADO BRUNOLDI, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.065.156.- Ahora bien, establece el Artículo 177 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas Y Adolescente lo siguiente: “El Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es competente en las siguientes materias: . . . Parágrafo Segundo. Asuntos de familia de jurisdicción voluntaria: a) Administración de los bienes y representación de los hijos e hijas. . .” Siendo pues, que el Estado garantiza con Rango Constitucional en los artículos 75 y 78 de nuestra Carta Magna los derechos e intereses de las Niños, Niñas y Adolescente, y en virtud de que se pudiera ver afectado los intereses patrimoniales de la menor up supra mencionada, se
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