REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2011-001289
PARTE ACTORA: OSWALDO MIGUEL RIERA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.323.133
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARLOS DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro 102.049, Procurador de Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES QP 1421 C.A
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: ARIADNA PANTO, SAILE ÁLVAREZ y ANDREINA VALERA, inscritas en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo los Nros 118.330, 119.604 y 126.115, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 27 de noviembre de 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Suspensión de la Audiencia Preliminar en la presente causa, El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano CESAR ALVARADO; la parte demandada compareció su apoderada judicial abogada ARIADNA PANTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 118.330 y por la parte demandante ciudadano OSWALDO MIGUEL RIERA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.323.133 no hizo acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.


Abg. José Tomas Álvarez Mendoza
El Juez

La Secretaria
El Alguacil


Demandada