REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 16 de Noviembre de 2012
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001380.
PARTE ACTORA: RAMON OMAR SUAREZ APONTE.
PARTE DEMANDADA: PETROCASA, S.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento (folio 46), de la parte actora ciudadano RAMON OMAR SUAREZ APONTE, titular de la cédula de identidad No.7.159.231, debidamente asistido del abogado NELSON ROJAS VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.31.431, contra la empresa PETROCASA, S.A., da por concluido el procedimiento, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 202° y 153°.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
EL SECRETARIO.

En igual fecha se publico la presente sentencia.

EL SECRETARIO.