PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, veintidós de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO: GP02-S-2012-000415
PARTE OFERENTE: BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C. A.
PARTE OFERIDA: JESUS OSWALDOTIRAJARA MENDEZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Vista la diligencia que antecede, realizada por la abogado XIOMARA GUEDEZ SEVILLA Inpreabogado Nº 55.484, en su condición de Apoderada Judicial de la Empresa BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C. A., a los fines de manifestar el Desistimiento con respecto a la Oferta Real de Pago que cursa por ante este Tribunal siendo el Oferido el ciudadano JESUS OSWALDO TIRAJARA MENDEZ. Vista la solicitud realizada y por cuanto el tribunal asume tal solicitud hecha por la parte actora, dejando evidenciado que desiste en la presente causa contra la empresa BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C. A. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Veintidós (22) días del mes de Noviembre del año 2012, Años 202° y 153°.
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA ELENA FUENTES
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