TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Nueve (09) de Noviembre de 2012
202º y 153°


ASUNTO: GP02-S-2012-000503
OFERENTE: CANTERAS CURA, C. A.
OFERIDO: YOSWILLIM GARBOZA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la Transacción presentada por las partes CANTERAS CURA, C. A., representada por su Apoderado Judicial URSULA SANCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 151.404, y por la otra la ciudadana YOSWILLIM GARBOZA, titular de la cédula de identidad Nº 12.338.487, en Representada por la abogada ISABEL TERESA ALAYON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 171.328, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes, así como la copia de un cheque del Banco del Tesoro, Nº 30002021, por Bs. 15.400,00 a nombre de la Trabajadora. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS




LA SECRETARIA,


Abg. MARIA ELENA FUENTES.