REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 15 DE OCTUBRE DE 2012
202° y 153°

DEMANDANTE: JESUS ARMANDO GARCIA BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.210.874, y domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, del Estado Sucre.

ABOGADA ASISTENTE: FABIOLA MUJICA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.519.876 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 77.926.

DEMANDADA: MARIA DE LOS ANGELES CORDOVA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.776.933, con domicilio en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre.

MOTIVO: DIVORCIO 2º CAUSAL.

En fecha Veinticuatro (24) Abril de Dos Mil Doce (2012), admite la presente demanda por DIVORCIO 2º Causal, presentada por el ciudadano JESUS ARMANDO GARCIA BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.210.874, y domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, del Estado Sucre., por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, ordenándose la Notificación del Fiscal Cuarto del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y la Citación de la parte demandada ciudadana MARIA DE LOS ANGELES CORDOVA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.776.933, con domicilio en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, a fin de que comparezca ante el Tribunal dentro de los Cuarenta y Cinco (45) días de Despacho Siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación y en esta misma fecha se libro la respectiva Boleta de citación.

En fecha Siete (07) de Mayo de Dos Mil Doce (2012), diligenció el ciudadano JOSE RAFAEL CANACHE RODRIGUEZ, en su carácter de Alguacil Temporal de este Tribunal quien consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por el ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en fecha (07/05/2012).

En fecha Ocho (08) de Mayo de Dos Mil Doce (2012), se dictó auto mediante el cual se ordena librar Boleta de Citación a la Ciudadana MARIA DE LOS ANGELES CORDOVA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.776.933, con domicilio en la Población de Cumanacoa, Barrio Blanco, cerca de Placita, Casa s/n, Parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, parte demandada en el presente juicio, ordenándose comisionar mediante oficio al Juzgado del Municipio Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para la practica de la citación, en ese misma fecha se libró la boleta, despacho y oficio respectivo.

En fecha Once (11) de Octubre de Dos Mil Doce (2012), se recibió y consignó diligencia suscrita por el ciudadano, JESUS ARMANDO GARCIA BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.210.874, y domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, del Estado Sucre, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio y de este domicilio ciudadana FABIOLA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.519.876 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 77.926 (Parte Demandante), mediante la cual solicita los recaudos Originales y así mismo solicita DESISTE DE LA DEMANDA.
En base a los razonamientos anteriormente explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO planteado, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y se ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, asimismo se ordena la devolución de los recaudos insertos en el expediente, previa su certificación en autos.

En consecuencia se declara terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente.

Publíquese y Regístrese y déjese copia certificada

Dada, firmada y sellada en el salón de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná a los Quince (15) días del mes de Octubre de Dos Mil Doce (2012)
LA JUEZ PROVISORIO.,
Abog. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA.



LA SECRETARIA ACCIDENTAL.,
Abog. BOMNY MARIA MUÑOZ DE ACUÑA.






HOMOLOGACIÓN: DESISTIMIENTO.-
MATERIA: CIVIL FAMILIA
Exp. Nº 7195-12
MdlAA/mc.