Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de octubre de 2012
202º y 153º
INTERLOCUTORIA N° 153/2012
Visto el recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente al jerárquico en fecha 28 de octubre de 2004, por el ciudadano Helios Castells Acevedo, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nos. V-6.917.640, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nos. 54.628, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente VIVERES VICTORIA, C.A., contra la Resolución Nº 4672 de fecha 23 de Agosto de 2004, emanada de la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para pronunciarse acerca de la admisibilidad o no del presente Recurso Contencioso Tributario, conforme lo dispuesto en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, este juzgado observa que se cumplen todos los requisitos señalados expresamente en los artículos 259, 260, 261, 262 y 266 del mencionado texto legal. En efecto, se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se expresan las razones de hecho y de derecho en que se funda, se evidencia la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de las personas que se presentan como representantes de la recurrente y no consta en autos oposición alguna por parte de la representación fiscal, en consecuencia este Tribunal ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario subsidiariamente al jerárquico, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er.) día de despacho siguiente al de hoy, por cuanto no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012).


La Jueza Suplente

Lilia Maria Casado Balbás
El Secretario


José Luis Gómez Rodríguez


Asunto Nº AP41-U-2012-000195
LMCB/JLGR/JP.