LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL
Exp. No. 006993
En fecha 14 de octubre de 2011, el abogado MIGUEL EDUARDO ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.620, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ DE JESUS LUGO GUANARE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.233.844, interpuso querella funcionarial contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del estado Bolivariano de Miranda.

En fecha 20 de octubre de 2011, este Tribunal admitió la querella interpuesta y en fecha 25 de octubre de 2011, ordenó la citación mediante Oficio al ciudadano Presidente del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, a los fines de la contestación a la querella, e igualmente se le requirió la remisión del expediente administrativo relacionado con la presente causa, así como la notificación del ciudadano Alcalde del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, para lo cual se requirieron fotostatos de la querella y de todos los anexos de la misma, los cuales no fueron consignados a los autos.

Ahora bien, tal y como se evidencia de autos, desde el 25 de octubre de 2011, hasta la presente fecha ha transcurrido un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento, razón por la cual, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil doce (2012). Años 202° y 153°
EL JUEZ PROVISORIO,


FERNANDO MARÍN MOSQUERA


EL SECRETARIO Acc.,


ABRAHÁN BLANCO NOGUERA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
EL SECRETARIO Acc.,

Exp.00693/Abraham