REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 9 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP11-V-2012-000881
Visto el anterior libelo de demanda que por NULIDAD DE CAPITULACIONES MATRIMONIALES y los recaudos anexos al mismo, suscrito por la abogada DUBRASKA MAGLENI GARCIA PERAZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número; 163.756, actuando en su carácter de apoderada judicial especial de la ciudadana YOLANDA PADRON SUAREZ, este Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena la citación del ciudadano JOSE ALVARO BURGOS PASCUAL, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.453.721, y de este mismo domicilio, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro de los (20) veinte días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, en cualquiera de las horas comprendidas de despacho entre 8:30 a.m. y 3:30 p.m., a fin de que dé contestación a la demanda incoada en contra de su persona. Compúlsense el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, al fin de que el alguacil designado se sirva practicar la citación de la parte demandada, todo previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia

La Juez,
La Secretaria,
Sarita Martínez Castrillo
Abg. Arelis Falcón

SM/af/jg