REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 24 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP11-M-2012-000558
Vista la anterior demanda por COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento Intimatorio) y los recaudos presentados por el ciudadano GERMAN MACERO BELTRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 1.880.427, debidamente asistido por el abogado WILMAR JAMELY LIZARDO GONZALEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 75.661. El Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley, la admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena la intimación a la parte demandada sociedad mercantil AGROPECUARIA OLIVFRED S.A sociedad mercantil de este domicilio, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nro 7, Tomo 183-A-Pro de fecha 22 de junio de 1995, Rif Nro J-30276095-0 y al ciudadano BENJAMIN RAUSSEO RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 8.315.392, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho siguientes a la última de las intimaciones y constancia en autos de las mismas, dentro de las horas comprendidas a despachar de 8:30 a.m a 3:30 p.m, con el objeto de que pague, acredite haber pagado o formule oposición y no habida oposición se procederá a la ejecución forzosa de las cantidades que a continuación se señalan: PRIMERO: La cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (BS.600.000,00), que comprende la sumatoria de las seis (6) letras de cambio.- SEGUNDO: La Cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.4.602,74) por concepto de intereses legales calculados a la rata del 5% anual sobre el capital contenido en cada titulo valor antidad representada en el cheque marcada con la letra “C”, emitido en fecha 30-12-2007 TERCERO: Las costas y costos prudencialmente calculados por este Tribunal en un veinticinco por ciento 25% la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS(Bs.F.151.150,69).- Líbrese Compulsa junto con copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto.- En cuanto a la medida solicitada se proveerá por auto separado. Asimismo, se ordena el desglose de las seis (6) letras de cambios a los fines de su resguardo en la caja fuerte del Tribunal.-
EL JUEZ

LUIS RODOLFO HERRERA


LA SECRETARIA

MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ