REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS EN FUNCION
ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, 03 de Julio de 2012
201° Y 153º
CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER: A JOSE LUIS VENEGAS, venezolano, de este Domicio y titular de la cedula de identidad Nº 3.270.294, y a la SOCIEDAD MERCANTIL PISCIS EQUITIES, S.A., domiciliada en la Republica de Panamá, registrada en la ficha Nº 308991, rollo Nº 47896, Imagen Nº- 101, desde el 16 de Noviembre de 1.995, activa desde la misma fecha, según certificado de Pacto Social Nº 4268,en su carácter de parte Actora según Cesión Litigiosa, en la persona de sus apoderados judiciales LUIS FELIPE MAITA, PAOLA BETANCOURT Y JACKELINE ORELLANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs 16.588, 97.185 y 80383, respectivamente, contentivo del juicio por RESOLUCION DE CONTRATO signado con el Nº Juris AH16-V-2000-000090, éste Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse de oficio al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante el cartel que deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Así mismo, ordenó la publicación del mismo en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos haber cumplido con las formalidades anteriores, comenzarán a correr diez (10) días continuos, y una vez vencidos se les tendrá por notificados. Tenidas por notificadas a las partes, se le concederán tres (03) días de despacho, a fin de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en el curso de la presente causa. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
CESAR HUMBERTO BELLO
EXP. N° 12-0160
Asistente que realizo la actuación: N.V