REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Once (11) de Octubre de Dos Mil Doce (2012).
202° y 153°
Trascurridos los cinco (05) días de despacho previstos en el Articulo 110 de la Ley Orgánica del Estatuto de la Función Publica, y por cuanto, ninguna de las partes ejerció el recurso de apelación establecido en el articulo antes mencionado, este Órgano Jurisdiccional declara FIRME la sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del dos mil doce (2012), que declaró Inadmisible la presente querella, en consecuencia, este Juzgado considera pertinente ordenar el archivo del presente expediente signado con el Nº 2066 (nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional) en la sede de este Órgano Jurisdiccional, contentivo de una (01) pieza principal constante de veintiuno (21) folios útiles.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. LISBETH BASTARDO
Exp.2066
JVTR/LB/mgr.-