ASUNTO: KP02-V-2011-000029

DEMANDANTE: ROSA DEL CARMEN PIÑERO CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.957.498, de este domicilio.
DEMANDADO: JUAN PASTOR MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.400.777.

MOTIVO: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA-CUSTODIA (EXTINCIÓN).

En fecha 11 de enero de 2.011, se recibió escrito suscrito por la ciudadana ROSA DEL CARMEN PIÑERO CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.957.498, de este domicilio; mediante el cual solicita que se le conceda la Custodia de su hija ARIANNI AIDA PIÑERO CARRASCO, al padre ciudadano JUAN PASTOR MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.400.777. En consecuencia, este Tribunal admite dicha demanda y se ordeno la notificación y oír la opinión de la adolescente.
Observa esta Juzgadora que se evidencia de la copia certificada de la partida de nacimiento que cursa al folio 04 de este expediente, que ARIANNI AIDA, alcanzó la mayoría de edad, en fecha 16 de mayo del presente año; ahora bien, el artículo 2º de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contiene la definición de Niños, Niñas y Adolescentes entendiéndose para los primeros toda persona con menos de doce años de edad y para el segundo toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.
En decisiones recientes de la sala de casación social con relación a la competencia de los Juzgados de Protección del Niño y del adolescente, estableció el siguiente criterio: “(…) Es en virtud de esta protección y del reconocimiento de los derechos de las personas menores de 18 años, por lo que se crean los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente como órganos jurisdiccionales con competencia especial para la resolución de todas las causas que en materia civil afecte diariamente a los niños y adolescentes, criterio que fue acogido por el Legislador cuando señala, en la exposición de motivos de la Ley, que: “Puntal del nuevo sistema es la concepción del Tribunal del Niño y del Adolescente, órgano Jurisdiccional especializado para conocer de todos los asuntos que afecten diariamente la vida civil de Niños y Adolescente, en materia de familia, patrimoniales y laborales (…). Esto evidencia la magnitud de la importancia del tribunal, diseñado para una especial, integral y cabal protección… (omissis).
En el caso en estudio, al no constar en autos la existencia de algún niño, niña y adolescente, cuyos derechos deban ser tutelados por el Estado. Por cuanto se evidencia en autos que ARIANNI AIDA, ya cumplió la mayoría de edad, En consecuencia se extingue el presente procedimiento. ASI DE DECLARA

DECISIÓN

En consecuencia, este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), interpuesta por la ciudadana ROSA DEL CARMEN PIÑERO CARRASCO.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara - Barquisimeto, a los once (11) días del mes de octubre de dos mil doce (2.012).

La Juez Primera de Mediación y Sustanciación


Abg. Isabel Victoria Barrera Torres
La Secretaria


Abg. Sol Chávez Medina

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 3143-2.012, siendo las 3:21 p.m.

La Secretaria


Abg. Sol Chávez Medina

IVBT/SChM/Denisse.-
KP02-V-2011-000029
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