REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 18 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2005-012873
JUEZ: ABG. CARLOS TORREALBA
SECRETARIO: ABG. YUHENNY DAVID ALVARADO
ALGUACIL: DOUGLAS CANELON

ACUSADO:
JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad nº (…)

DEFENSA PRIVADA ABG. MARIA MAGDALENA MENDOZA, IPSA Nº 116.387
FISCAL Nº 05: ABG. YURANCI ARTEAGA
DELITO: SECUESTRO previsto y sancionado en el articulo 460 parágrafo 2 del Código Penal vigente para el momento los hechos.-

Celebrada la Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para oír a las partes, encontrándose el acusado JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad nº (…), debidamente asistido por su abogado defensor. Seguidamente se impuso al acusado del Precepto Constitucional que la exime de declarar en causa propia, informándole el Tribunal que lo hará sin juramento en caso de consentir a prestar declaración e impuesto de los hechos que se les atribuyen con todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que sucedieron, así como de la calificación jurídica dada por el Ministerio Público, tal como lo establece el Artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal; la misma expuso: “NO DESEO DECLARAR. Es todo. Se le concede la palabra al Fiscal del MP quien expone: para que de manera sucinta exprese de forma oral su pretensión, en este estado el Representante del Ministerio Público expuso al Tribunal el motivo por el cual solicito al tribunal la Orden de Aprehensión, del ciudadano JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad nº (…), solicita se le imponga la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 250, 251 y 252 del COPP y solicita que se fije Juicio Oral y Público en el presente asunto. Por ultimo solicito se deje sin efecto la orden de aprehensión. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa Técnica: “solicito que se imponga medida de presentaciones y solicito se deje sin efecto la Orden de Captura librada, asimismo, solicito sea fijada Juicio Oral y Público en el presente asunto. Solicito copia de la presente audiencia”
Luego de oídas las partes, este Tribunal estima que se encuentran se acuerda LA MEDIDA CAUTELAR A LA PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 Ordinal 3º del Código Orgánico procesal Penal, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad nº (…), la cual consiste en presentaciones cada 15 días ante la taquilla de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.-

DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: En cuanto a la medida a imponer, este Tribunal una vez verificado el contenido del presente Asunto y vista la decisión emanada de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, observa que si bien es cierto la decisión ordena reponer al mismo estado en el que se encontraban los acusados antes de la Sentencia Absolutoria de fecha 21/03/2011 y debidamente publicada en fecha 23/03/2011, no es menos cierto que el acusado le fue revisada la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en fecha 03/10/2006 y el Juicio fue debidamente aperturado en fecha 06/08/2010, en consecuencia, se acuerda MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256, ORDINAL 3º del COPP, COMO LO ES PRESENTACIONES CADA 15 DÍAS ANTE LA TAQUILLA DE PRESENTACIONES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad Nº (…). SEGUNDO: se acuerda DEJAR SIN EFECTO la Orden de Aprehensión en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO BETANCOURT LEON, Titular de la cedula de identidad nº (…), para lo cual se ordena librar los oficios a los Organismos de Seguridad del Estado. TERCERO: Se mantiene la fecha de JUICIO ORAL Y PÚBLICO, para el día 12/11/2012, a las 10:00 AM.-
Regístrese, Publíquese, Cúmplase.

EL JUEZ CUARTO EN FUNCIONES DE JUICIO
EL SECRETARIO.

Abg. Carlos Gabriel Torrealba Gamarra