REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 15/10/2012, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Carrera 19 Esquina Calle 56 Edificio Alcarilesa Piso 3 Oficina 3-A Barquisimeto, sede la firma Quimimedical C.A. El Tribunal notificó a la demandada Raquelita I. García Ch. Se juramenta a Perito y Depositario. La Parte Actora señala bienes a embargar. El Perito los valora en 17.900 Bs. El Tribunal los embarga preventivamente. La Notificada dice estar asistida tanto a titulo personal y como de Presidente de la firma demandada por el Dr. Eder Xavier Salazar Rojas, I.P.S.A. N° 117.668, dejándolo en uso de la palabra para formular convenio de pago. La Parte Actora a nombre de su representada acepta el convenio y pide se dejen los bienes embargados bajo la custodia de la notificada por el lapso de pago de esta obligación, igualmente pide sea devuelta la Comisión en el estado en que se encuentra. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 3:30 p.m.