REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 05 de Noviembre del 2012
Años 202° y 153°
P A R T E S: GLADYS PASTORA ANGULO contra ARCACIO ANTONIO GARCIA ANGULO
B E N E F I C I A R I O : LUIS ALFREDO GARCIA ANGULO
J U I C I O: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.-
M O T I V O: EXTINCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.-
Revisado como fue el presente expediente, y por cuanto se evidencia de las actuaciones que el beneficiario en la presente causa, ciudadano: LUIS ALFREDO GARCIA ANGULO, ya alcanzo la mayoría de edad; y no constando en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano ARCACIO ANTONIO GARCIA ANGULO, en beneficio de su hijo LUIS ALFREDO GARCIA ANGULO. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,
Abog, Ender A. Rojas R.
La Secretaria,
Abog, Caribay A. Goyo
Exp. N° 126/99
ER/cg
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