República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.


En el día de hoy, 15 de octubre de 2012, siendo las 1:30 de la tarde, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogada CARMEN ZULEIMA SAID CAFFRONI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.16.225, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil “AGUAS Y REDES “, contra la sociedad mercantil INVERSIONES PROPIACASA C.A, en la sede donde funciona la entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL, ubicado en la avenida Aranzazu, Parroquia la Candelaria, Local 1 y 2, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro.3787, contentiva del decreto de EMBARGO EJECUTIVO, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, expediente Nro.1546. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana MISNERYA PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 12.312.744, en su carácter de Administradora, quien quedo notificada de la misión del tribunal. En este estado la parte actora abogada CARMEN ZULEIMA SAID CAFFRONI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.16.225, expone: Solicito a la notificada se sirva verificar la cuenta corriente 01340329563293007283, perteneciente a la demandada INVERSIONES PROPIACASA C.A, para proceder a embargar ejecutivamente la cantidad de Bs. 31.359,01. Seguidamente la notificada, ya identificada expone: De la revisión de la cuenta se evidencia que la misma fue cerrada, por lo cual enviaremos correos a la agencia principal para que nos indique donde fueron abonados los fondos bloqueados en su oportunidad y dejados en custodia del el Banco Banesco, agencia 329 caracas, para proceder a emitir el pago, una vez verificada la cuentas procederemos a notificarle vía telefónica la parte actora. Seguidamente el tribunal acuerda mantener la comisión en el tribunal y ordena regresar siendo las 3:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR LA NOTIFICADA
DRA. MAURICIA GONZALEZ


PARTE ACTORA

LA SECRETARIA
ABOG. YULYMAR FONSECA