REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 06/08/2012 se le da entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 2510-478, de fecha 01/08/2012, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 7.798-2012, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano RAMÓN LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, , titular de la cédula de identidad Nº E-230.480, asistido por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.999, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 08/08/2012 se dicta uto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano RAMÓN LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-230.480, asistido por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.999, constante de un (01) folio útil.

En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en la siguiente dirección: Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) del Municipio Miranda, oficina del Director, ubicado en la Calle Falcón, de esta ciudad de Santa Ana de Coro del Municipio Miranda del Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 25/09/2012, a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma
En fecha 26/09/2012 se levanta Acta mediante la cual se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con el ciudadano RAMON LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-230.480, asistido por el abogado JESUS ELVIDIO VIVAS PADILLA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 18.999, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada por ante el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por el ciudadano RAMON LUIS ISIDRO, ya identificado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Sede del Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) a Nivel Nacional, Ubicado en la calle Falcón de esta ciudad de Santa Ana de Coro. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, se procedió a notificar de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Exhorto por la Jueza Ejecutora de Medidas a la ciudadana Lic. MERLIN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.219.863, en su carácter de Directora General del Gabinete de Cultura por el Ministerio del Poder Popular de la Cultura. Seguidamente se procedio a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, se recibieron documento los cuales se agregan a esta inspeccion.
En fecha 27/09/2012 se libro oficio Nro. 255 remitiendola constante de 163 folios utiles, debidamente cumplida .