REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de septiembre de dos mil once (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-001419
Visto el escrito que antecede presentado por la ciudadana ADRIANA NAVAS, titular de la cédula de identidad Nº 17.680.048, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistida por el abogado LUIS SANCHEZ , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 185.499, y por la abogada AMARANTA LARA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 181.496, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, ELCA COSMETICOS, S.A., mediante el cuales presenta transacción celebrada por las partes, donde esta última cancela a la parte oferida la cantidad de Bs. 84.789,06, mediante el pago de tres cheques girados a su nombre por las siguientes cantidades: Bs. 72.894,85, Bs. 8.751,71 y 3.142,50, consignando copia simple del comprobante de cheque, correspondiente al primer monto, y copias simples de los cheques entregados correspondientes a los dos últimos montos, los cuales recibe a su más cabal y entera satisfacción y en tal sentido manifiesta que nada más le corresponde ni queda por reclamar a la empresa, ni a las personas relacionadas por los conceptos demandados, por los conceptos mencionados en el presente documento ni por los conceptos relacionados en la cláusula cuarta del escrito presentado; en consecuencia vista que la transacción no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ MARIANDREA GONZÁLEZ
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