REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Quinto en Función de Control
Barquisimeto, 13 de Septiembre de 2012
Años: 201° y 152°
ORDEN DE APREHNSION
ASUNTO KP01-P-2012-0091 (numero Provisional)
Vista la solicitud presentada ante este Juzgado quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por El Abogado: Francis Mendoza Camacaro, actuando con el carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Publico de la circunscripción judicial del estado Lara, con fundamento a lo establecido en los articulo 285 numeral 3º de la constitución De la republica Bolivariana de Venezuela 16 numeral 18º y 37º de la Ley orgánica del ministerio publico 108 ordinal 10 y 11 250 ultima aparte del código orgánico procesal penal donde solicita se le expida ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL por extrema necesidad y urgencia en contra el ciudadano: YOERSI JOSE MENDOZA GIL, TITULAR de la Cedula de Identidad Nº 17.639.514 quien se encuentran incurso en los Delitos de : HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO REALIZADO CON ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Codigo Penal en concordancia con el ordinal 2º y 80 ejusdem, en prejuicio Guillermo Antonio Pérez y Renzo José Pérez.
Este Tribunal Sexto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace el Siguiente Pronunciamiento: En referencia al ciudadano: YORVI JOSE COLMENAREZ PEROZO, titular de la cédula de identificación Nº 25.433.455, se le atribuye la comisión de los siguientes hechos:
Hechos
En fecha 23-06-2012 se recibe llamada telefónica del servicio de emergencia 171 informando que en el Hospital Baudilio Lara de la Población de Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lar adonde se encuentra el cuerpo de una persona sin vida del sexo masculino presentando heridas producidas por el paso de proyectil disparados por arma de fuego y producto del mismo hecho se encontraba otra persona lesionada desconociéndose detalles. Por lo que funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Barquisimeto, se traslada hasta el referido centro hospitalario entrevistándose con el funcionario policial oficial Pérez Eliécer quien indico que había ingresado el ciudadano Guillermo Pérez, procedente del sector José Armando Rivero, parroquia Juan Bautista de Quibor Estado Lara, presentando múltiples heridas ocasionadas por proyectiles disparados por arma de fuego que el mismo ingreso sin signos vitales, de igual manera les indico que habia ingresado un ciudadano de nombre Renzo José Pérez Torrealba, procedente del mismo hecho quien fue traslado hasta el Hospital Central Dr. Antonio Maria Pineda. Se procedió al reconocimiento de cadáver luego se entrevistan con el ciudadano Walter Pérez, quien manifestó ser familiar directo del hoy occiso y que respondia al nombre de Pérez Martínez Guillermo Antonio, Cedula de Identidad Nº 9.571.613, quien indico que se encontraba frente a su residencia hablando con un amigo de nombre Ángel, cuando obseran pasar un vehiculo MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR AZUL, la cual no era de la zona, es cuando entra a buscar las llaves de su moto, en eso escucha tres detonaciones, y a su primo de nombre Renzo grita pidiendo auxilio es cuando su padre hoy occiso sale y en ese momento escucha otras detonaciones más y va a buscar su arma de fuego es cuando al salir observa a su padre mortalmente herido en el piso y observa a la camioneta desplazarse lentamente accionado el arma de fuego en diversas oportunidades logrando impactarla en su parte posterior, de inmediato localizan un vehiculo particular para trasladar al herido el cual muere después del ingreso al referido hospital. Posteriormente se trasladan a la avenida 16 entre 14 y 15 sector José Armando Rivero frente a la casa Nº 8 (vía publica) Parroquia Juan Bautista, Municipio Jiménez Quibor Estado Lara., una vez en la referida dirección en presencia del hijo de la victima procediendo a realizar la respectiva inspección Técnica y Levantamiento Planimetrico, logrando incautar 02 blindajes de color amarillo, de igual manera varios impactos en las paredes de la vivienda, indicando los moradores del lugar que la camioneta es perteneciente a la banda de Armandito y lo conocen coMo YHOERSI.
Este Juzgador considera que el investigado de autos ha sido autor o partícipe de la comisión del hecho punible que le atribuye el Fiscal del Ministerio Público. Y por cuanto se observa igualmente que existe la presunción grave del Peligro de Fuga, por la pena que pudiera llegar a imponerse la cual excede de 10 años en su limite máximo, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 251 Parágrafo Primero el cual establece: “Se presume peligro de fuga en casos de hechos punibles con penas privativas de libertad, cuyo término máximo sea igual o superior a 10 años”. Y en aplicación de Principio de Proporcionalidad, del Principio de Motivación, establecido en los artículos 244, 390, 246, 173 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL del ciudadano: YOERSI JOSE MENDOZA GIL, TITULAR de la Cedula de Identidad Nº 17.639.514, quien se encuentran incurso en los Delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO REALIZADO CON ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Codigo Penal en concordancia con el ordinal 2º y 80 ejusdem, en prejuicio de Guillermo Antonio Pérez y Renzo José Pérez, Así se Declara. Líbrese los correspondientes Oficios. Notifíquese al Fiscal Septima del Ministerio Público de la circunscripción judicial del estado Lara del Ofíciese a los Organismo de seguridad del estado
ABG OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ ARAQUE.
JUEZ QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL
LA SECRETARIA,