REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Quinto en Función de Control
Barquisimeto, 06 de Septiembre de 2012
Años: 202° y 153°
ASUNTO KP01-P-2012-001535
Juez de Control Nº 5º Abg. OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ ARAQUE
Fiscal del Ministerio Público: Abg. Cristy Giménez, sólo por este acto por la Fiscalia 23º del Ministerio Público.
Imputado: KAREN INES YNOJOSA BARRADAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº
Defensa: Abg. Jaime Rodríguez
Delito: CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Penal del Ambiente.
Fundamentación Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250
Celebrada la Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para oír a las partes, encontrándose la imputado debidamente asistida por su abogado En este estado, el Juez informó de manera clara y sencilla al Imputado del motivo de la audiencia; imponiéndolo del Precepto Constitucional contenido en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar contra sí mismo, su concubina o contra sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado, y le informa de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso de las que puede hacer uso en esta oportunidad y del procedimiento especial por Admisión de los Hechos el cual manifestó su deseo de declarar y expuso: No pude asistir porque no me llegó la boleta, es todo “
Se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: Visto lo manifestado por el imputado, solicito se fije audiencia preliminar, es todo.
Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa, quien expone: Visto lo manifestado por mi defendido, así como lo solicitado por la Fiscalía, solicito se le fije la audiencia preliminar, si existe la posibilidad que se practique en éste mismo acto y se deje sin efecto la orden de captura, es todo
DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de CONTROL Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide PRIMERO: Vista la solicitud de las partes, se acuerda la LIBERTAD INMEDIATA de la imputada KAREN INES YNOJOSA BARRADAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº por la presunta comisión del delito CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Penal del Ambiente. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión que pesaba sobre el imputado de autos. TERCERO: Se ordena fijar audiencia preliminar para el día de hoy 05 de Septiembre de 2012 a las 09:45a.m. CUARTO: Ofíciese a los organismos de seguridad del Estado a los fines de que se deje sin efecto la orden de aprehensión en contra del imputado de marras. Regístrese notifique cúmplase
ABG. OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ ARAQUE
JUEZ QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL
LA SECRETARIA.