REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticinco de septiembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: GP02-L-2012-001474
Parte Actora: YONATHAN BELLO.,
Parte Demandada: SERVICIOS DE PROTECCION Y VIGILANCIA ANDINA (SEPROVIANCA), C.A.
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES.
Vista la diligencia de fecha 18 de Septiembre de 2012 (folio 22) presentada por la abogado MARILYN GUDIÑO, inscrita en el Ipsa bajo el N° 121,.440; actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora; en virtud de lo cual resulta evidente que la parte actora se encuentra tácitamente notificada del Despacho Saneador dictado en fecha 23 de julio de 2012 (folio 18), ello conforme a las previsiones del artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- En consecuencia, y por cuanto hasta la presente fecha no se corrigió el libelo de la demanda, dentro del lapso establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; resulta forzoso para este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declarar: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 ejusdem; y así se establece.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA
LA JUEZA,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
EL SECRETARIO
JUAN CARLOS PEREZ.
En la misma fecha se dictó y publico la anterior sentencia, siendo las 2:30 p.m.-
EL SECRETARIO,
JUAN CARLOS PEREZ.
|