REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Caracas, ____________ (_____) de ___________ de 2013
Años 202° y 154°

En fecha 5 de febrero de 2013, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, Oficio Nº TS8CA-066 de fecha 17 de enero de 2013, emanado del Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial ejercido por el ciudadano LUIS AUGUSTO GASCUE, titular de la cédula de identidad N° 332.926, representado por las abogadas Concepción Olimpia Fermín Muñoz, Luis Bermúdez y Elizabeth Arriojas, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 30.109, 56 y 29.135 respectivamente, por cobro de diferencias de prestaciones sociales contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).
Dicha remisión se efectuó en virtud de la apelación interpuesta en fecha 15 de enero de 2013, por la abogada Morela Torrealba, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 78.762, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, contra la decisión dictada por el referido Juzgado, en fecha 7 de enero de 2013, mediante la cual declaró inadmisible in limine litis, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto, por haber operado la caducidad.
En fecha 7 de febrero de 2013, se dio cuenta la Corte, y se designó ponente a la Jueza Anabel Hernández Robles, a quien se ordenó pasar el presente expediente a los fines que este Órgano Jurisdiccional dictara la decisión correspondiente.
En fecha 25 de febrero de 2013, se recibió de la representación judicial de la parte querellante escrito de fundamentación de la apelación.
En fecha 11 de marzo de 2013, se dictó auto mediante el cual fue reconstituido este Órgano Jurisdiccional en virtud de la incorporación del Dr. Gustavo Valero Rodríguez y se abocó al conocimiento de la causa en el estado en que se encuentra, reanudándose la misma una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 20 de marzo de 2013, se dictó auto mediante el cual se reasignó la ponencia al Juez Gustavo Valero Rodríguez, a quien se ordenó pasar el expediente, a los fines que la Corte dicte la decisión correspondiente. En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
I

En el caso de autos corresponde a esta Corte pronunciarse sobre la apelación a que está sometida la decisión proferida por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 7 de enero de 2013, que declaró inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto.
Siendo así las cosas y dado que la competencia es de orden público; pudiendo, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, ser declarada aun de oficio en cualquier grado y estado de la causa, resulta imperioso para esta Alzada solicitar al ente querellado la descripción del cargo de Inspector de Maquinaria que ocupaba el ciudadano Luis Augusto Gascue, a los fines de verificar la competencia de este Órgano Jurisdiccional para decidir el presente recurso.
Así, observa esta Corte que del expediente judicial no se desprende palmariamente las funciones que el querellante realmente desempeñaba en el mencionado Instituto, sueldo devengado, al igual que la fecha exacta de su egreso, información esta que reviste un carácter fundamental para esta Alzada al momento de proferir una decisión.
En ese sentido, considera esta Corte necesario solicitar la partes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que sea debidamente incorporado a los autos para una mejor resolución de la controversia, los siguientes recaudos:
1.- Por la Administración:
1.1– Copia certificada del Manual Descriptivo del Cargo; donde se describa las funciones que desempeñaba el ciudadano Luis Augusto Gascue, titular de la cédula de identidad N° 332.926, como Inspector de Maquinaria.

2.- Por el querellante:
2.1.- Copia del nombramiento, designación y/o cualquier otro documento fundamental donde se evidencie las funciones que desempeñaba en el cargo de Inspector de Maquinarias del Instituto Nacional de Tierras (INTI).
Ahora bien, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo visto el criterio acogido por este Órgano Jurisdiccional en la sentencia número 2008-00171 de fecha 8 de febrero de 2008, estima necesario notificar al ciudadano Luis Augusto Gascue, al ciudadano Ministro de Agricultura y Tierras, a la Procuraduría General de la República y al Presidente del Instituto de Nacional de Tierras (INTI) a los fines que tengan conocimiento de dicho requerimiento y en caso que la información solicitada sea consignada por alguna de las partes, podría -si así lo quisiera- la parte contraria impugnar tal información dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos la remisión de la información requerida, para lo cual se considera abierta la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo a lo expuesto en la sentencia antes señalada, así se decide.
Asimismo, se advierte que deberán dar estricto cumplimiento a lo antes requerido, a los fines de no incurrir en la sanción prevista en el único aparte del artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual es del tenor siguiente:
“[…] Artículo 79. El funcionario o funcionaria que omita o retarde dicha remisión podrá ser sancionado por el tribunal, con multa entre cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) y cien unidades tributarias (100 U.T.) […]”.

Advertidas quedan las partes de que transcurridos los lapsos supra mencionados, esta Corte procederá a dictar sentencia con base en las actas cursantes en autos.

II
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte ORDENA notificar al Presidente del Instituto Nacional de Tierras (INTI), así como también al ciudadano Luis Augusto Gascue, titular de la cédula de identidad Nº 332.926, o a sus mandantes Concepción Olimpia Fermín Muñoz, Luis Bermúdez y Elizabeth Arriojas, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 30.109, 056 y 29.135, respectivamente, para que dentro de lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, den cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los _____________ ( ) días del mes de __________________de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.

El Presidente


ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
El Vicepresidente,


GUSTAVO VALERO RODRÍGUEZ
Ponente



El Juez


ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA


La Secretaria Accidental,



CARMEN CECILIA VANEGAS SALAS


GVR/02
Exp. N° AP42-R-2013-000166

En fecha ____________ (____) de ___________ de dos mil trece (2013), siendo la (s) ____________ de la ________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° __________________

La Secretaria Accidental.