N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2012-000452
PARTE ACTORA: TOMAS DANIEL DELGADO VILLEGAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JESUS LOPEZ
PARTE DEMANDADA: CIMIENTOS BYA, S.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO AMETRANO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 15 DE ABRIL DE 2013, SIENDO LAS 09:30 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANO: TOMAS DANIEL DELGADO VILLEGAS, titular de la cedula de identidad numero V-9.045.898, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada CIMIENTOS BYA S.A, comparece su Apoderado Judicial Abogado ANTONIO AMETRANO VIDAL inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.017, según instrumentos poder que corre agregado a los autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 154 °

EL JUEZ


ABG. JOSE GREGORIO KELZI



LA PARTE DEMANDADA




LA SECRETARIA


ABG: DINA PRIMERA ROBERTIS