REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (3) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-000697
Vista la diligencia presentada en fecha 25 de Marzo de 2013, por el ciudadano DELICIEUX SMITH, titular de la cédula de identidad No. 84.556.474, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la Abogado EDWAR ZERPA, I.P.S.A. No. 143.015, por una parte y por la otra, el Abogado NOSLEN TOVAR, I.P.S.A. 112.059, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente empresa INVERSIONES T-BONE GRILL, C.A., mediante la cual consignan escrito de transacción por la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 5.739,96), el cual fue cancelado mediante cheque No. 21592234, girado por el Banco Banesco- Banco Universal, contra la cuenta de la parte oferente, siendo recibido por la oferida a su entera satisfacción; en consecuencia este Juzgado, de conformidad con los artículos 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil y articulo 1718 del Código Civil, y en virtud que hubo un arreglo amigable, el cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, asimismo, se dará por terminado una vez transcurra el lapso para recurrir contra dicha decisión.- ASÍ SE ESTABLECE.-
ABG. LETICIA MORALES VELÁSQUEZ
JUEZ
ABG. ALEJANDRO ALEXIS
SECRETARIO
LMV*AA*eg
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