REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, doce (12) de abril de 2013.
Años: 202º y 154º
Vista la diligencia de fecha 10.04.2013, suscrita por el abogado DANIEL SOTO VILERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.589, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la corrección del cartel de notificación librado en fecha 22.03.2013, por cuanto se omitió la identificación de uno de los co-demandados y solicita se libre nuevo cartel, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se deja sin efecto el cartel de notificación librado en fecha 22.03.2013 y se acuerda librar nuevo cartel con las correcciones correspondientes. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS DOMINGO MATA
En esta misma fecha, se libró cartel de notificación.
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS DOMINGO MATA
VJGJ/RDM/edward
EXP. Nº AC71-R-2011-000348
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, DOCE (12) DE ABRIL DE 2013.-
Años 202° Y 154°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos MARÍA MARCELA GOMEZ DE LA VEGA PEREDO y ORLANDO ENRIQUE RODRÍGUEZ PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. 13.113.326 y 3.710.290, respectivamente; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado del auto dictado en fecha 07.11.2012, una vez transcurrido dicho lapso comenzarán a transcurrir los cuarenta (40) días continuos para dictar el fallo correspondiente de conformidad con lo pautado en el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil; que cursa en el expediente N° AC71-R-2011-000348, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por NULIDAD DE VENTA, sigue el ciudadano ANTONIO BENITO PONCE, contra los ciudadanos ORLANDO ENRIQUE RODRÍGUEZ PEÑA y MARÍA MARCELA GOMEZ DE LA VEGA PEREDO. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/edward
Exp: AC71-R-2011.000348