REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Carora, veinticinco de abril de dos mil doce
203º y 154º


ASUNTO: KP12-V-2013- 000105

DEMANDANTE: Rolberys Beatriz Caripa, titular de la cédula de identidad Nº V-15.263.042.

ABOGADA ASISTENTE: Isabel Cristina Rodríguez Burgos, en su condición de Defensora Publica Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


DEMANDADA: Johnnys De Jesús Alvarez, titular de la cedula de identidad V-13.346.964.

MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION

Visto que en fecha 16 de abril de 2013, se admitió la presente demanda tal y como lo indica el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose a la demandante antes identificada la corrección del referido escrito. Asimismo, se ordenó oír la opinión del niño. En fecha 24 de abril de 2013, se dejó expresa constancia de la comparecencia del niño manifestar su opinión. Habiéndose vencido el lapso concedido para que la demandante cumpliera con lo ordenado, es decir, subsanara lo concerniente a lo establecido en la norma del artículo 456 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se observó que la demandante no ha cumplido con lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia, se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente demanda sin la debida subsanación. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.


LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACION Y SUSTANCIACION

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 136-2.013 y se publicó siendo las 02:49 p.m.


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA



KP12-V-2013- 00105

LCGC.-MGAA