REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, (09) de Abril de dos mil Trece.

202º y 154 º
Visto, por cuanto se evidencia en los folios (05 Y 06) actas de nacimientos, de las ciudadanas Omitir nombre, actualmente cuenta con la mayoría de edad, en tal sentido conforme al artículo 02 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de AUTORIZACIÒN JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIO, signado con el Nº 01497, SOLICITANTE (S): ITALA DEL CARMEN PERNIA DE MENDOZA. PROCEDENCIA: JUZGADO DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL ESTADO MÈRIDA. Fecha de entrada: 25 de noviembre de 2002, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.


LA JUEZA


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA


EL SECRETARIO TITULAR


ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior


EL SRIO


YG/01497