PODER JUDICIAL
El Juzgado Tercero de Municipio del Municipio Iribarren del estado Lara
AL
Juez Ejecutor de Medidas de la República
Asunto: KN03-X-2013-0026
Principal KP02-M-2013-00078
Que en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES, (VÍA INTIMACIÓN), intentado por el abogado GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA inscrito en el IPSA bajo el N°: 83.721 actuando como endosatario en procuración del ciudadano MANUEL JOSE HERRERA GUEVARA titular de la cédula de identidad N° V. 14.933.129, contra: los ciudadanos KATIUSCA OCARELYS APONTE MIJARES y LUIS ROBERTO PEREZ BOLIVAR venezolanos titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 9.655.742 y V- 12.339.831 la primera en su condición de deudor principal y el segundo en su condición de avalista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de CUATROSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00) que comprende el total al DOBLE de la siguiente cantidad, relativas al concepto reclamado:
A.- DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00) capital exigido
Adicionándose las costas y costos procesales calculados prudencialmente al 25 % del capital exigido en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) de conformidad con el articulo 648 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE DINERO; el mismo deberá ser por el monto de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00) que es la suma del concepto arriba descrito, adicionándose las costas que ascienden a CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) y en este caso las cantidades de dinero deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Supremo de Justicia.
En tal virtud, se le faculta para practicar dicha medida, y para designar Perito Avaluador y Depositaria Judicial. Una vez cumplido lo ordenado, devolverá lo actuado a este Tribunal con sus resultas.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio del Municipio Iribarren Crespo y Urdaneta del estado Lara, en Barquisimeto, a los 26 días del mes de abril de 2013. Años: 202° y 154°
La Jueza Titular,
Dra. Patricia Riofrío Peñaloza
La Secretaria
Abg. Ilse Gonzales
PRP/ig/cq
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